Comenzó el juicio a Chispa Sánchez, uno de los secuestradores de Rodolfo Walsh

Comenzó el juicio a Chispa Sánchez, uno de los secuestradores de Rodolfo Walsh

El integrante de La Pataota de la ESMA está acusado por 193 delitos, aunque se estima que participó por lo menos en 900 desapariciones. Fue extraditado de Brasil, donde se encontraba prófugo.

El Tribunal Oral Federal (TOF) N°5 de la Ciudad de Buenos Aires dio inicio, después de años de intentarlo, al juicio contra Gonzalo “Chispa” Sánchez. A sus 74 años, uno de los prófugos históricos de la última dictadura, debe responder por 193 casos de privación ilegítima de la libertad triplemente agravada y homicidios cometidos entre 1976 y 1978 en el Centro de Detención Tortura y Exterminio «Escuela de Mecánica de la Armada» (ESMA), entre los cuales se encuentra el secuestro del periodista y escritor Rodolfo Walsh.

La audiencia inicial comenzó este miércoles a las 9:30 en el subsuelo de los Tribunales Federales de Comodoro Py. La causa se encuentra a cargo del TOF N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrado por Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Germán Castelli, mientras que la fiscalía está a cargo de Félix Crous y Marcela Obetko como auxiliar fiscal. En el lugar se hicieron presentes sobrevivientes y familiares de las víctimas de la última dictadura. Gonzalo “Chispa” Sánchez no acudió al lugar, sino que estuvo conectado a través de una videollamada desde la Unidad 34 de Campo de Mayo, donde se encuentra desde el año 2020, cuando fue extraditado desde Brasil. Desde allí, Sanchez también actúa como un miembro de los “Muertos Vivos», un grupo de represores cercanos a La Libertad Avanza que mantiene un rol activo en redes sociales con el objetivo de “limpiar” su imagen y pedir por su libertad.

Gonzalo “Chispa” Sánchez es uno de los miembros del grupo de represores autodenominado Muertos Vivos -cercano a la Libertad Avanza- más activos en redes sociales.

 

El juicio se centra en los delitos cometidos en la ESMA en varios períodos: entre el 1 de enero de 1976 y el 31 de diciembre de 1976; entre el 2 de marzo de 1977 y el 31 de diciembre de ese mismo año; entre el 16 de enero de 1978 y el 1 de agosto de 1978; y entre ese día y el 31 de diciembre de 1978. Los hechos y su calificación se acotaron en función de la sentencia de extradición desde Brasil.

Cuando Brasil extraditó a Sánchez para ser juzgado en la Argentina, se aplicó el llamado principio de especialidad, una norma internacional que impide juzgar a una persona por delitos distintos a los que figuran en la solicitud de extradición. En este caso, aunque Sánchez está acusado de haber participado en más de 900 secuestros durante la última dictadura, el juicio que se desarrolla en los tribunales argentinos abarca sólo 193 casos. La reducción no fue casual: el Supremo Tribunal Federal de Brasil limitó la entrega únicamente a esos hechos y bajo una calificación precisa (privación ilegítima de la libertad triplemente agravada). La decisión se basó en que la justicia brasileña, que mantiene vigente su Ley de Amnistía y no reconoce la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, consideró que los homicidios ya estaban prescriptos, pero no así los secuestros. Por eso, Argentina solo puede juzgarlo por esos 193 casos, el alcance que Brasil autorizó al aprobar su extradición.

Carlos Loza, sobreviviente de la ESMA, relató cómo Chispa Sánchez mató a su compañero Jorge Mendé.

Integrante del Grupo de Tareas 3.3.2

El 25 de marzo de 1977, Sánchez, a sus 26 años, fue parte de la “patota” que emboscó y secuestró a Rodolfo Walsh en el cruce de Avenida San Juan y Entre Ríos, en el barrio San Cristóbal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Walsh, capturado un día después de escribir su “Carta Abierta a la Junta Militar”, resultó herido tras un tiroteo. Se sospecha que murió en ese momento, aunque algunos testimonios sugieren que pudo haber pasado por la ESMA con vida.

En el centro clandestino de detención, Sánchez era recordado por los sobrevivientes como un tipo «canchero, siempre tostado, bronceado» y alguien que era chistoso con los detenidos. Lo más macabro era su costumbre de contar y presumir los métodos de exterminio. Carlos Loza, uno de los sobrevivientes que acudió a la audiencia, cuenta que el sobrenombre “Chispa” era uno de los más escuchados entre los represores en el momento que él estuvo en la ESMA, es decir que tenía una participación muy activa en el grupo de tareas; y lo recuerda vinculado al asesinato -adelante suyo- de Jorge Mendé, ocurrido el 28 de diciembre de 1976 en el altillo de la ESMA: “Estábamos allí cuando lo mataron a patadas: sentimos en horas de la tarde un ruido, como si se quebrara el esternón. Más tarde subió otro guardia y le dijo: ‘Lo mataste’. Por la noche lo envolvieron en una frazada y se lo llevaron”. Además, hizo hincapié: “Junto con otros sobrenombres como “Rata” (Antonio Pernías), “Chispa” era uno de los más mencionados en el altillo y en la “Capucha” de la ESMA”.

Patricia Walsh, hija del periodista Rodolfo Walsh.

La primera audiencia

Durante esta instancia, Sánchez decidió no declarar. Sin embargo, al responder una serie de preguntas personales por parte del juez, afirmó no tener antecedentes penales en la Argentina y se describió como “un hombre dedicado a la ciencia” toda su vida. También dijo ser “pastor evangélico en la Iglesia Evangélica de Buenos Aires y misionero de la Asamblea de Dios, Ministerio Vida”. Además, contó que oficia misa todos los sábados desde Campo de Mayo. Cuando el tribunal le preguntó si tenía algún apodo, lo negó en un principio, aunque luego explicó, en un presunto acto fallido, que a su padre le decían “Chispa” y a él “Chispita del Chonguino”.

En diálogo con ANCCOM, Ariel Noli, abogado representante de la querella de sobrevivientes del terrorismo de Estado, como Carlos Lordkipanidse, y Patricia Walsh, e integrantes de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, destacó: “A pesar de haberse negado a declarar, reconoció su apodo. Creo que es lo saliente de esta audiencia. Es importante para lo que viene”.

Al finalizar, y pese a que la policía presente en la sala intentara evitarlo, los presentes alzaron fotografías de los detenidos desaparecidos, y cantaron bien fuerte “a donde vayan los iremos a buscar”.

El fiscal Félix Crous y su auxiliar Marcela Obetko.

Años de impunidad

A mediados de los 80, el nombre de Sánchez ya constaba en los testimonios del Juicio a las Juntas. En 1984 y 1986, declaró ante la justicia minimizando su participación y alegando haber sido un simple «enlace» de la Prefectura en la ESMA. Ninguna causa prosperó. Se retiró de la Prefectura y trabajó en el sector naval en la Patagonia, en San Antonio Oeste (Río Negro).

Luego, tras la anulación de las leyes de impunidad en el año 2003, Sánchez huyó a Brasil, donde vivió cerca de veinte años. En 2005, el juez Sergio Torres (a cargo de la causa ESMA) quiso indagarlo, pero Sánchez resultó imposible de localizar. En 2009, Torres solicitó su captura internacional.

En 2013, fue arrestado por primera vez en Angra Dos Reis, Río de Janeiro, donde trabajaba bajo un nombre falso en un astillero. Fue en ese entonces cuando solicitó asilo político. En 2017, el Supremo Tribunal Federal de Brasil avaló su extradición, pero Sánchez se escapó de la prisión domiciliaria y se mantuvo prófugo.

El 8 de mayo de 2020, la policía brasileña obtuvo información de inteligencia que ubicó a Sánchez en una cabaña en Sertão do Taquari, Paraty. El 11 de mayo de 2020, fue detenido por la policía en ese lugar, mientras estaba en una reunión familiar celebrando un cumpleaños. El 14 de mayo de 2020, se concretó su extradición a Argentina, poniendo fin a más de 40 años de impunidad.

La comitiva argentina encargada de la extradición fue dirigida por Ezequiel Rochistein Tauro, Director Nacional de Investigación Criminal del Ministerio de Seguridad en ese entonces, quien además es el nieto restituido número 102.

Minutos después de haber terminado la primera audiencia del juicio, desde el patio de los Tribunales Federales de Comodoro Py, Patricia Walsh, hija de Rodolfo Walsh, dice: “Sánchez estuvo más de 20 años prófugo y fue extraditado hace varios años, demostrando durante todo ese tiempo una gran habilidad para eludir a la justicia. Este es el noveno juicio relacionado con la ESMA y ya se ha condenado a muchos genocidas. Lamentablemente, más del 80% está con prisión domiciliaria, pero aun así es valioso haber logrado estas condenas tras tanta lucha”.

Más de cuarenta años después, Gonzalo “Chispa” Sánchez vuelve a oír los nombres de aquellos a quienes intentó borrar y le toca enfrentarse ante la justicia por -algunas de- las atrocidades que cometió durante la última dictadura cívico-militar. Por fin, la impunidad prolongada se encuentra con los límites de quienes sostienen la memoria para que ningún genocida quede sin juzgar.

La próxima audiencia tendrá lugar el próximo miércoles 19 de noviembre a las 09:30.

CORREPI denunció 120 casos de gatillo fácil durante el mandato de Milei

CORREPI denunció 120 casos de gatillo fácil durante el mandato de Milei

Además, señaló que en estos dos años de gobierno libertario hubo 460 muertes de personas bajo custodia de fuerzas de seguridad.

Las cifras y los cuerpos van tomando nota del incremento exponencial del nivel de represión a la protesta social en el gobierno de Javier Milei. Cómo botón de muestra, la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) informó que esta gestión ya lleva 120 casos de gatillo fácil. Los datos fueron presentados en un encuentro organizado por la Comisión de Bases del Centro de Estudiantes de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, en su sede de la calle Puan. Esa agrupación viene trabajando sobre la “desconexión” entre dirigentes y la militancia de base, y también recoge el temor a la hora de ir a las manifestaciones. 

 Por eso, el invitado de la reunión fue el abogado de Correpi Emanuel Luis Zuccolo, quien arrancó explicando que la CORREPI es una organización política que actúa en el campo de los derechos humanos, “al servicio de la clase trabajadora y el pueblo”. Según dijo, su militancia se centra en la defensa de las víctimas de la violencia institucional, como casos de gatillo fácil, torturas, detenciones arbitrarias o criminalización de la protesta. “Nos encargamos del Archivo de Casos, damos talleres en escuelas y barrios, y trabajamos especialmente en las detenciones. Los miércoles nos organizamos para ayudar a la gente detenida y, si llegamos antes de que intervenga la Defensoría Pública, tomamos la defensa nosotros. Ya que muchas veces les imputan delitos mayores o medidas restrictivas para que no puedan volver a movilizarse”, explicó Zuccolo.

También contó que CORREPI forma parte de la Red Federal de Derechos Humanos: “Intentamos articular con diferentes sectores y afrontar la lucha represiva colectivamente. Hay muchas modificaciones en los ámbitos, hay un cambio de régimen. Es clave pensar en grupo, porque muchas represiones ocurren cuando la gente se dispersa. Nuestro objetivo es estudiar cómo se organiza la policía y aportar herramientas para que las movilizaciones sean más seguras”.

El Archivo de Personas Asesinadas por el Aparato Represivo del Estado

 

La idea de tener un archivo surgió en 1996, luego de que el presidente Carlos Menem desestimará las denuncias por fusilamientos policiales diciendo que  “hay periodistas de pluma fácil”. Días después, el ministro del Interior Carlos Corach  desafío a la prensa exigiendo “¿dónde están los nombres?”. Frente a este accionar del Estado, CORREPI decidió elaborar un registro nacional con los nombres de todas las víctimas de la represión estatal desde el retorno de la democracia, una propuesta impulsada por Delia Garcilazo, madre de Rodolfo “Fito” Ríos, asesinado en la cárcel de Caseros.

Durante el encuentro, Zuccolo manifestó que en el nuevo archivo se evidencian los números “de la gestión de Javier Milei, hasta febrero de 2025, registramos 120 casos de gatillo fácil (un 60% cometidos por efectivos fuera de servicio) y 460 muertes bajo custodia”. Estos datos surgen de un trabajo de investigación profunda que busca evidenciar la continuidad de las políticas represivas y la necesidad de que los agentes fuera de servicio no porten armas. 

Después de presentar los datos del archivo y explicar la labor de CORREPI, la charla se centró en cómo organizarse en las movilizaciones y cómo funciona la represión oficial. Según explicaron, bajo la gestión de Patricia Bullrich, las manifestaciones están controladas por un comando unificado, donde todas las fuerzas federales actúan coordinadas bajo las órdenes de la Policía Federal. A su alrededor, la Policía de la Ciudad se encarga de cortar calles, desplegar hidrantes y camiones, y realizar detenciones cuando se les indica. Además, hay un monitoreo constante y seguimiento de los manifestantes.

CORREPI considera que un plan ideal para organizarse en una movilización tiene que estar basado en la seguridad colectiva y la coordinación entre compañeros: observar la situación antes de avanzar, identificar dónde está la policía y los cortes, definir un punto de encuentro fijo y mantener una hora de concentración clara. Recomendaron no llevar alcohol ni drogas, ya que el objetivo es manifestarse, y contar con un “pie telefónico” externo que tenga todos los datos de las personas, incluyendo si alguien tiene alguna afección de salud que pueda necesitar atención. En el momento de desconcentrar, hay que fijar un sitio que sea a varias cuadras para que no quede nadie solo durante la movilización. El encargado de la columna decide donde desconcentrar si hay represión. 

Si falta alguno, en el momento de avisarle al pie hay que contactar a CORREPI, que ellos tienen más información acerca de los detenidos en las comisarías. Y como suele recordar la abogada María del Carmen Verdú, si en la vianda del mediodía había traído un cuchillo para cortar la milanesa mejor dejalo en el laburo, no lo lleves a la marcha de los jubilados”.

Vecinos de Vicente López marcharon para exigir justicia por Octavio Buccafusco

Vecinos de Vicente López marcharon para exigir justicia por Octavio Buccafusco

Las cámaras registraron su muerte cuando una patrulla de la policía municipal lo redujo con violencia mientras pedía ayuda tras un episodio vinculado a su salud mental. El silencio de la intendenta Soledad Martínez.

El 3 de septiembre Octavio Claudio Buccafusco, de 34 años, murió durante un operativo policial en Vicente López, luego de pedir asistencia al 911. En lugar de recibir ayuda, fue interceptado por una patrulla municipal en la intersección de Maipú y Güemes, donde los agentes lo redujeron violentamente en el suelo hasta que perdió la vida.

A un mes y medio del hecho, la causa a cargo del fiscal Alejandro Guevara de la fiscalía de Vicente López Este continúa caratulada como averiguación de causal de muerte, mientras la familia denuncia violencia institucional y negligencia policial. Desde el Municipio, la intendenta Soledad Martínez no realizó ninguna declaración pública sobre el caso, pese a que la patrulla depende directamente de su gestión.

Este fue uno de los ejes de la manifestación del miércoles 15 de octubre, según explicó el hermano de la víctima, Augusto Buccafusco: “La motivación, principalmente, es el silencio del Municipio que ni siquiera se contactó con nosotros para ponerse a disposición, ayudarnos o lo que sea. Estamos un poco enojados en ese aspecto y también para poder visibilizar la causa y que podamos alzar la voz”. En diálogo con ANCCOM, agregó: “Todos los días aparece una situación nueva, aparece un caso nuevo de violencia institucional, queremos que esto deje de ocurrir. Vamos a seguir marchando y vamos a seguir haciendo este tipo de movilizaciones hasta que se haga algún decreto, alguna ley que nos obligue a realizar el protocolo adecuado para tratar a las personas que están en situación de vulnerabilidad, en situación de consumo, en situación de calle, en situación de salud mental.”

La concentración comenzó pasadas las seis de la tarde, en el mismo punto donde Octavio fue interceptado aquella madrugada, frente a una dependencia de la Superintendencia de la Policía. A pesar de la lluvia, unas cincuenta personas se reunieron en la esquina de Maipú y Güemes, frente al edificio policial. Entre los presentes había familiares, amigos, vecinos, integrantes de la Comisión Zona Norte por la Memoria, Verdad y Justicia y miembros del Centro de Jubilados de la Quinta de Olivos.

El acto, al igual que toda la campaña en redes sociales, fue encabezado por Augusto Buccafusco, quien es actor, bailarín e instructor de zumba. Antes de comenzar, uno de los manifestantes pintó sobre una tela blanca la frase “Soledad Martínez, tu silencio mata”, que se convirtió en la consigna central de la jornada.

Luego, la columna avanzó por un carril de la avenida Maipú en dirección a la Estación de Control Urbano para la Defensa y el Orden (Escudo), presentada por la intendenta Martínez apenas unas semanas antes del ataque que sufrió Octavio como “la central de seguridad más tecnológica del país”. La movilización culminó frente al edificio, enrejado y custodiado por dieciséis miembros de la fuerza, algunos de ellos riéndose, mientras el hermano de Octavio se dirigía a ellos con un megáfono para hablar de lo ocurrido y exigir justicia.

Octavio Buccafusco, vistiendo una gorrra, abrazado a su hermano Augusto, quien ahora está al frente del reclamo de justicia.

Quién era Taby

Octavio Claudio “Taby” Buccafusco tenía 34 años, era entrenador personal, tatuador y bailarín de breakdance. Participaba activamente en la cultura hip hop y era padre de tres hijas pequeñas, de 6, 7 y 9 años. Según recordó su hermano mayor, era “muy vivaz, alegre, alguien que se ganaba la vida con su arte y su cuerpo”.

Aquel 3 de septiembre atravesaba un episodio producto de una afección de su salud mental. “Mi hermano estaba pasando por trastornos de bipolaridad y se cruzó con las personas equivocadas”, contó. “Llamó al 911 porque creía que habían entrado a robar a su casa. Pero en vez de ayudarlo, lo terminaron corriendo y tirando al suelo.”

De acuerdo con la reconstrucción familiar, a las 6.40 de la mañana Octavio caminó varias cuadras con su bicicleta y su perro en brazos, buscando a un policía para pedir ayuda, hasta que fue interceptado por la patrulla municipal. “Entre varios policías lo asfixiaron durante diez minutos y lo dejaron en el piso sin hacerle RCP. Cuando quisieron reanimarlo, ya era tarde”, resumió el familiar.

Las cámaras de seguridad del municipio registraron la brutal secuencia: cuatro policías contra un solo hombre, que nunca dejó de sostener a su mascota entre los brazos.

El hombre fue rodeado, increpado y finalmente derribado, reducido con golpes, esposado en el suelo y sometido a la presión de las rodillas de los oficiales clavadas sobre su cuerpo durante varios minutos. En un momento dejó de reaccionar. Se estaba asfixiando pero ninguno de los agentes reaccionó.

La causa judicial

La investigación continúa bajo la órbita del fiscal Alejandro Guevara, mientras la familia y los organismos que la acompañan reclaman que se avance hacia una imputación por homicidio culposo, al considerar que la evidencia demuestra una intervención negligente de la patrulla municipal.

Durante las últimas semanas declararon varios testigos y se incorporaron nuevos registros audiovisuales. “Ahora aparecen videos más reveladores que muestran el principio de la secuencia”, explicó el referente del reclamo. “Se ve que mi hermano camina con la bicicleta y su perrito buscando un policía hasta que lo abordan estos policías municipales. Al principio hablan, pero cuando él quiere irse, lo tiran al suelo y lo reducen.”

El fiscal ordenó un examen histopatológico para determinar el nexo causal entre la reducción y el paro cardiorrespiratorio. “Estamos esperando ese resultado, que va a confirmar cómo murió mi hermano”, agregó. “Lo que buscamos es que se responsabilice a quienes actuaron y que se investigue si hubo un intento de encubrir lo ocurrido.”

Muchos Octavios

La Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) afirmó que el acta policial “que debería haber reflejado con precisión lo ocurrido, es más un guion de encubrimiento que un documento oficial. Nada coincide con las imágenes de las cámaras. Nada explica por qué un joven desarmado, vulnerable, terminó muerto bajo las botas policiales”.

Esta organización antirrepresiva recordó que “la historia reciente está marcada por episodios similares: jóvenes, adultos y personas mayores fallecidas en procedimientos policiales de este tipo. No hace falta recordar el caso de George Floyd en EEUU. Aquí están las historias de Diego Villarreal Cabrera (CABA, 2017), Facundo Morales Schonfeld (CABA, 2023), Gianfranco Fleitas Cardozo (Don Torcuato, 2021), todos aplastados o golpeados hasta morir. O Fernando “Pata” Díaz (Moreno 2010), Jorge “Tito” Ortega (Pergamino, 2013) y Alejandro “Tino” John (Lago Puelo, 2021), directamente fusilados por la policía que había sido convocada frente a una crisis emocional o situación de salud mental”.

Agresiones sexuales y crímenes contra las infancias en el juicio por Mansión Seré

Agresiones sexuales y crímenes contra las infancias en el juicio por Mansión Seré

El Ministerio Público Fiscal reclamó incorporar múltiples cargos por delitos sexuales y crímenes contra menores en la megacausa que investiga delitos de lesa humanidad cometidos en Mansión Seré y el circuito represivo RIBA. Las acusaciones recaen sobre los represores Ernesto Rafael Lynch, Juan Carlos Herrera y Julio César Leston.

Tras haber finalizado la instancia testimonial en la audiencia previa, la jornada 33° del juicio Mansión Seré IV y RIBA II estuvo dedicada a la solicitud formal de la ampliación de la acusación por parte del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Félix Crous y la fiscal auxiliar Nuria Piñol. La petición busca incorporar decenas de nuevos casos y cargos relacionados con delitos de agresión sexual y crímenes conexos cometidos contra infancias y familiares de las víctimas.

Para ello, la Fiscalía recopiló la información recabada a lo largo de las 32 audiencias anteriores, argumentando que si bien no son “hechos estrictamente novedosos, sí lo son para el debate”, ya que no habían sido tipificados de manera autónoma en la elevación a juicio. A partir de este recurso, Crous y Piñol buscan garantizar un tratamiento jurídico completo sobre el plan sistemático de terrorismo de Estado en la subzona 16, en el oeste del Gran Buenos Aires.

Los fiscales basaron su solicitud en el Artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación, “que alude a que surjan del debate hechos que integran el delito continuado atribuido”. De esta manera, Crous explicó que la expresión no refiere la “categoría dogmática” de “delito continuado” sino a “una continuidad en el sentido fáctico, en el sentido histórico de los sucesos”. Así, desde la Fiscalía argumentaron que aceptar la ampliación evitaría la “revictimización de las víctimas” (que no tendrían que someterse a un nuevo juicio para abordar estos temas) y cumpliría con las “obligaciones internacionales” del Estado Argentino.

Para avalar su petición, los fiscales citaron una amplia jurisprudencia que sentó precedentes relacionados con este proceso. Entre ellos mencionaron los juicios por el centro clandestino El Vesubio, junto con los de Mansión Seré II, en los que fueron tratados hechos que surgieron durante el debate, conduciendo a una ampliación. También citaron el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el caso Martel, en el que la Corte revocó la exclusión de delitos sexuales y estableció la necesidad de investigar y condenar con perspectiva de género. Para incluir los delitos cometidos hacia las infancias citaron la causa Guerrieri sobre delitos de lesa humanidad, en la que el Tribunal de Rosario sostuvo que no incorporar el tratamiento de niños y niñas como víctimas directas implicaría una “denegación de justicia”.

La ampliación de la acusación apunta principalmente contra Ernesto Rafael Lynch y Juan Carlos Herrera por múltiples hechos de abuso deshonesto agravado, violación agravada, privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados. Además se lo acusa a Julio César Leston por un caso de privación ilegal de la libertad agravada y de tormentos agravados.

 

Perspectiva de género

 Luego de haber preguntado a lo largo del juicio si las víctimas deseaban que se investiguen y juzguen esos sucesos en particular, la Fiscalía busca imputar a Herrera y Lynch numerosos hechos de violencia sexual, argumentando que estos crímenes afectan “bienes jurídicos personalísimos distintos” a los tormentos que formaron parte del terrorismo de Estado. “Los abusos sexuales en el contexto concentracionario forman parte del plan sistemático y no de conductas de arranques criminales individuales de los agresores”, afirmó Crous. En la argumentación se hizo hincapié en la obligación de investigar estos hechos con perspectiva de género, siguiendo las recomendaciones de organismos como el Comité de Derechos Humanos de la ONU y la Convención de Belém do Pará.

En total fueron 15 los casos de violencia sexual a los que se refirieron desde el Ministerio Público Fiscal, recuperando testimonios previos de las víctimas brindados tanto en el juicio actual como en otros anteriores. Entendiendo que el objeto de reproche de los delitos es la afectación de las víctimas, la Fiscalía sostuvo que la responsabilidad en los delitos de agresión sexual no recae únicamente en la persona que haya tenido acceso carnal a la víctima. Para eso, se utilizaron a la figura del “dominio del hecho”, buscando establecer cuáles de todos los intervinientes detentaron el dominio del hecho e incidieron efectivamente en la configuración final del suceso.

Niños, no cosas

 El otro eje de la audiencia estuvo en el reconocimiento de niños, niñas y familiares allegados como víctimas directas de privación ilegal de la libertad y tormentos. Desde la Fiscalía impulsan la defensa del legítimo reconocimiento del derecho penal de niños, niñas y adolescentes; y afirmaron que negarles la categoría de víctima implicaría reducirlos a la “condición jurídica de cosas”.

Con esta ampliación se busca tipificar delitos conexos, como la privación ilegal de la libertad agravada (aunque sea temporal) y tormentos agravados. El delito de tormentos se configura, como fue el caso de algunos de los testimonios citados, al presenciar secuestros violentos, ser apuntados con armas, o ser interrogados mientras se destruían sus pertenencias.

Entre los más de 70 casos mencionados se incluye un rango etario que va desde bebés que no llegaban a un año de edad, hasta adolescentes de 17 años. “No sé si fue en brazos de mi mamá, no sé si me separaron de mi mamá, no sé lo que pasó conmigo en todas esas horas. No lo sé y ese agujero negro de esas horas es el agujero negro de mi vida”, había afirmado Mariana Eva Pérez, hija de los desaparecidos Patricia Roisinblit y José Pérez Rojo, quien fue secuestrada con un año y tres meses de edad y permaneció varias horas en cautiverio bajo fuerzas de la RIBA.

Tras una extensa exposición del Ministerio Público Fiscal, la dinámica procesal establece que las querellas y defensas deben emitir su opinión. Por su parte, las querellas de la Asociación Civil Moreno por la Memoria y la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, manifestaron su adhesión y solicitaron exponer sus argumentos en la próxima audiencia programada para el 28 de octubre. Las defensas tendrán lugar el 11 de noviembre y, posteriormente, el Tribunal presidido por la jueza María Claudia Morgese Martín, deberá resolver el requerimiento aceptando o rechazando la acusación en bloque, u optando por aceptar solo una parte y rechazar los demás cargos solicitados.

 

Procesaron al gendarme que hirió a Pablo Grillo

Procesaron al gendarme que hirió a Pablo Grillo

La jueza Servini dictaminó que Héctor Guerrero disparó de manera antirreglamentaria al menos cinco veces. La misma suerte corrió el prefecto Sebastián Martínez, que le quitó la visión a Jonathan Navarro.

A casi 7 meses de la represión que dejó hasta el presente al fotoperiodista Pablo Grillo en estado crítico, la jueza a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1, María Romilda Servini, procesó al gendarme Héctor Guerrero como autor material del brutal accionar que afectó a la víctima. La resolución se apoyó parcialmente en los aportes realizados por Mapa de la Policía, una organización civil que logró demostrar cómo y quiénes efectuaron los disparos en esa trágica jornada.

Bajo el patrocinio del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), y con la abogada Claudia Cesarone, la familia de Grillo se presentó como querellante contra Guerrero. La identificación de quien disparó y el argumento de la intencionalidad por parte del gendarme fue posible gracias a la reconstrucción que presentó en redes sociales la organización Mapa de la Policía, quienes se definen como “una herramienta de cuidados ciudadanos para contrarrestar la violencia policial».

Mientras la investigación interna –y opaca– de Gendarmería alegaba que Guerrero había actuado en concordancia con el protocolo antipiquetes, y había disparado reglamentariamente, la causa penal demostraba todo lo contrario: “[Guerrero] disparó de forma antirreglamentaria con su pistola lanzagases, hacia el sector en el cual se hallaban los manifestantes, siendo que es este el que hirió a Pablo Nahuel Grillo”, afirma el expediente firmado por Servini.

Este documento también revela que el gendarme realizó otros “cinco disparos en los siguientes horarios: 17:14 (disparo 1); 17:16 (disparo 2); entre 17:17 y 17:18 -antes del efectuado a Grillo- (disparo 3); 17:20 (disparo 5) y 17:22 (disparo 6)”. Sobre el accionar de la ciudadanía que permitió esta investigación, Agustina Lloret, una de las abogadas querellantes, explica: “Cuando no hay mecanismos de controles estatales desde adentro del Ministerio aparece la necesidad de que la propia sociedad se organice para poder ejercer ese control, por ejemplo, grabando”.

Ahora se espera que Guerrero apele esta decisión –ya se prevé que la medida no tenga un resultado favorable– y luego la próxima instancia será un juicio oral. Por el momento se embargó al gendarme y sigue la prohibición para que salga del país. Mientras tanto la investigación avanza hacia la cadena de mandos, es decir, quienes acompañaron a Guerrero y eran encargados de supervisar su accionar.

En lo que respecta a las responsabilidades políticas, desde el primer video de Mapa de la Policía se apunta hacia la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, por promover la impunidad. En este punto, Lloret explica la implicancia de la funcionaria: “La tiene desde el diseño del operativo hasta la responsabilidad discursiva –que es el mensaje que le baja a las fuerzas de seguridad–. Lo que vemos es que en la causa penal ella se quedó con mucha información que debía aportar, al punto tal que Servini tuvo que ir a allanar a la Gendarmería para conseguir el sumario interno que le había iniciado Guerrero”.

Mientras tanto, Pablo Grillo sigue internado con leves mejoras, pero con daños irreversibles; y Jonathan Navarro, otro manifestante que fue reprimido en esa jornada por el prefecto Sebastián Martínez—quien también fue procesado—, perdió definitivamente la visión. Sobre esto, Lloret opina: “Son casos que sirven para visibilizar, para que la gente entienda que todo tiene un límite, que las fuerzas de seguridad no están para eso, para agredir a los manifestantes. Están justamente para cuidarnos. Esta decisión judicial empieza a poner sobre la mesa los límites de lo que no se puede tolerar, de lo que la sociedad en sí no puede seguir mirando para otro lado”.

Dos absueltos, un condenado y el cuerpo de la víctima que sigue sin aparecer

Dos absueltos, un condenado y el cuerpo de la víctima que sigue sin aparecer

En el segundo juicio por la desaparición, en 2011, de Daniel Solano en Río Negro, dos policías imputados recibieron el beneficio de la duda y un tercero fue declarado culpable por vejámenes. En el primer juicio siete miembros de la fuerza habían sido condenados a perpetua.

El Tribunal de Juicio de General Roca dictó el veredicto en el segundo juicio por la desaparición seguida de muerte de Daniel Solano, el joven salteño visto por última vez el 5 de noviembre de 2011 en Choele Choel, Río Negro.

En su fallo, los jueces Alejandro Pellizzon, Maximiliano Camarda y Natalia González absolvieron a los policías Ceferino Muñoz y Cristian Toledo de los delitos de incumplimiento de deberes y encubrimiento agravado. El tribunal señaló que las acusaciones fiscales se basaron en “suposiciones carentes de sustrato probatorio”, por lo que aplicó el principio de beneficio de la duda. Mientras que Walter Etchegaray, quien enfrentaba cargos como partícipe necesario de homicidio agravado, fue absuelto de esa grave acusación, aunque resultó condenado por el delito de vejaciones.

Esta sentencia cierra un nuevo capítulo de una historia marcada por la violencia institucional y la explotación laboral, pero mantiene abierta la herida principal: el cuerpo de Daniel Solano sigue sin aparecer.

La noche en que se llevaron a un trabajador

Daniel Solano era un joven guaraní de Tartagal, Salta, que en octubre de 2011 viajó al Valle Medio de Río Negro como tantos otros trabajadores “golondrinas” para trabajar en la temporada de raleo y cosecha de manzana a través de la empresa tercerizadora Agrocosecha que prestaba servicios para la multinacional Expofrut

La madrugada del 5 de noviembre de 2011, Solano se encontraba en el local bailable Macuba, en Choele Choel. Tras un disturbio menor y en visible estado de ebriedad, fue expulsado del lugar por la fuerza. Los tres policías juzgados en esta segunda instancia se encontraban haciendo horas “adicionales” en el lugar.

Según la reconstrucción de los hechos, el oficial Walter Etchegaray lo sacó del lugar por la fuerza, empujándolo por unas escaleras y golpeándolo. Afuera, Ceferino Muñoz y Cristian Toledo colaboraron en su traslado hasta un patrullero. En ese vehículo lo esperaban los agentes Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Vicente Cuello. Los tres fueron condenados en el primer juicio en 2018 a prisión e inhabilitación perpetua por el delito de desaparición forzada de persona. Esa noche, Solano nunca llegó a la comisaría. Fue la última vez que se lo vio con vida.

La causa investigó la detención ilegal, desaparición forzada y homicidio, involucrando a policías provinciales y apuntando además a una trama de explotación laboral y encubrimiento.

Un juicio en dos actos

La complejidad de la investigación llevó a que el proceso judicial se dividiera. En un primer juicio, finalizado en 2018, fueron juzgados y condenados a prisión perpetua siete policías por el homicidio agravado del joven tartagalense. Entre los cuales estaban los tres anteriormente mencionados –Albarrán Cárcamo, Quidel y Cuello–, Sandro Gabriel Berthe, Pablo Federico Bender, Juan Francisco Barrera y Héctor César Martínez, que además fue absuelto por el beneficio de la duda de cargos adicionales de “abuso de autoridad” y “falsedad ideológica”.

La Corte Suprema confirmó las siete condenas en marzo de 2023. Aún así, la búsqueda del cuerpo nunca arrojó resultados y la causa volvió a llevar a juicios por la participación de otros agentes en una nueva instancia.

En diálogo con ANCCOM, Leandro Aparicio, abogado de la familia Solano, contó que “en junio de 2012, cuando son detenidos los siete policías, no puedo probar de qué manera se gesta un pacto de encubrimiento, impunidad y silencio que subsiste hasta ahora, en el que nadie dijo dónde está el cuerpo de Daniel Solano”. A criterio del abogado, el Estado provincial rionegrino, a través de su fiscal y distintos funcionarios “trató de encorsetar el caso en siete policías que estaban aburridos y no sabían si jugar al truco, hacer un asado o si hacer desaparecer un trabajador salteño”.

Sin embargo, Muñoz, Toledo y Etchegaray no fueron juzgados en ese debate. Por “razones técnicas y procesales”, su situación se desdobló del expediente principal. Desde un inicio, la querella y la familia de Solano, reclamaron que se los juzgara en el mismo juicio porque los testimonios y pruebas ya los involucraban, y consideraron que separarlos fue un modo de dilatar responsabilidades y garantizarles ventajas procesales. El argumento formal fue que no estaban en condiciones de ser llevados a juicio en ese momento, una decisión que en la práctica les evitó la condena de 2018.

Finalmente, la cantidad de pruebas directas y testimoniales que señalaban a estos tres policías como parte del operativo de retiro de Solano del boliche Macuba y su posterior entrega a los otros policías condenados en 2018, forzaron la apertura de un nuevo debate oral, caratulado como Daniel Solano II, para juzgar su responsabilidad específica.

“Hay 22 causas conexas con la de Daniel Solano”, comentó Aparicio y agregó que “para nosotros estos tres policías tendrían que estar presos desde un principio por desaparición forzada”. La causa termina siendo desdoblada en esta instancia porque, a pedido de la defensora oficial, se pidió esperar a que esté firme el fallo del primer juicio. “Una vez que está ese fallo, entendemos que las causas están relacionadas y no puede ser que lo que pasó en el primer juicio, no pase para este”, dijo y comentó que “ese es el error que advertimos en esta sentencia, que va a ser impugnada por nuestra parte”. 

La raíz del crimen

Este caso está íntimamente ligado al circuito de contratación de mano de obra “golondrina”, jornaleros estacionales que migran de una región a otra para trabajar en la cosecha de frutas, verduras u otros productos agrícolas. La empresa tercerizadora que reclutó a Solano, le retenía parte de los salarios a los trabajadores y ejercía control sobre ellos de esa forma. La querella sostuvo que la labor activa de Solano en la protesta por esos pagos fue el móvil de la desaparición forzada y posterior homicidio del salteño.

Esto fue investigado por los abogados que han aportado peritos contables y varios testimonios de obreros norteños. Inclusive, algunos de ellos tuvieron que recurrir a su ayuda para poder huir de la situación de peligro que implicó su testimonio contra la policía y el poder económico de esas empresas. Algunos compañeros de Solano afirmaron que él detectó un faltante entre el recibo de sueldo y lo que realmente le pagaron, por lo que propuso a sus compañeros el día de cobro –el 4 de noviembre, un día antes de su desaparición– realizar una manifestación para reclamar el pago de la totalidad que le correspondía. Esto sustenta la hipótesis central de la querella: que no fue a raíz de una situación en el boliche que lo sacan y entregan a un grupo de policías, sino que habría sido un plan previamente organizado por las empresas como una medida de presión que, eventualmente, pudo haber escapado de su control.

“En este juicio eso no se trató porque el objeto procesal es otro”, declaró Aparicio y aclaró que “está denunciado en la justicia provincial, ante el fiscal Daniel Zornitta, que fue famoso porque en el Día de la Mujer posteó que ahora podían lavar, cocinar y planchar y que por esa causa lo sancionaron, pero no le dijeron nada por la causa de la estafa que está acreditada en la Secretaría de Trabajo de Río Negro”. Además comentó que también está denunciada la trata de personas en la Justicia Federal de General Roca “que no tiene ningún tipo de movimiento” y las desapariciones de otros trabajadores golondrinas.

“Nosotros entendemos que están dadas todas las circunstancias para que se tramiten en la provincia de Salta, porque entendemos que la trata comienza ahí, que es donde captan a los chicos y les prometen sueldos que no cumplen y condiciones dignas que no se dan”, comentó.

El encubrimiento posterior fue inmediato y profundo. Durante el primer mes y medio, la investigación estuvo a cargo del comisario Héctor Martínez —hoy condenado a prisión perpetua—, lo que significó que las primeras pericias quedaron en manos de uno de los propios policías involucrados en el homicidio y la desaparición.

En paralelo, la familia de Solano fue representada inicialmente por una abogada designada por la empresa Agrocosecha, la misma letrada que también asesoraba a la Secretaría de Trabajo. Ese organismo tenía la responsabilidad de relevar y denunciar las condiciones de hacinamiento en las que se encontraban los obreros, situación que, según denuncian, aún persiste.

Las investigaciones y denuncias públicas también mencionaron connivencia, encubrimientos y fallas institucionales alrededor de este contexto social; incluyendo recusaciones de magistrados y sospechas sobre maniobras para dilatar la causa, que dificultaron y demoraron la resolución.

La lucha de la familia y de organizaciones de derechos humanos y sindicatos fue central para mantener el caso en la agenda pública y conseguir avances judiciales. Se hicieron campañas, documentales y pedidos de comisiones para revisar la investigación.

El padre del desaparecido, Gualberto Solano, fue una de las principales figuras en el activismo en pos de la verdad y la justicia por su hijo. Era un hombre humilde, de origen guaraní. Apenas supo de la desaparición de su hijo, viajó a Río Negro y se instaló allí durante años. Sostuvo durante más de cinco años un acampe frente a los tribunales de Choele Choel, donde visibilizó el caso de su hijo y de otros muchos obreros víctimas de la trata y explotación laboral en la zona.

En abril de 2018, mientras seguía esperando justicia, falleció en un hospital de Neuquén por problemas de salud. Murió antes de ver la sentencia contra los siete policías, que se dictó en agosto de ese mismo año. Su figura quedó en la memoria colectiva como la de un padre que entregó su vida buscando justicia para su hijo.

 Esta causa se convirtió en un caso paradigmático en la lucha contra la trata de personas con fines de explotación laboral. Allí quedó expuesto un modus operandi sistemático de encubrimiento, en el que intervienen la Policía, el Poder Judicial y el poder político. A diferencia de otros procesos, la investigación avanzó por fuera de esa corporación de intereses. Así se logró acceder a la verdad y obtener condenas firmes. 

“Vamos a plantear la desaparición forzada en Salta porque ahí es donde empezó la trata”, declaró Aparicio. “Soy un agradecido en nombre de la familia de Daniel Solano y quiero que sepan que no vamos a claudicar hasta que aparezca su cuerpo ni vamos a dejar de pedir justicia”.

Lo paradójico es que, aun con siete condenas firmes y una verdad judicial establecida, la pregunta fundamental sigue sin respuesta. Catorce años después, el cuerpo de Daniel Solano continúa desaparecido.