Por Paloma Sol Martínez
Fotografía: Clara Pérez Colman, Valentina Gomez

El mega proyecto de reformas que Javier Milei llevó al Parlamento cercena el derecho a la protesta, amplia el terreno para el gatillo fácil y legitima la defensa por mano propia. «Remite a la dictadura», dice el juez penal Adrián Martin.

Despliegue policial en la movilización aniversario del 20 de diciembre de 2001. 

El presidente Javier Milei presentó en la Cámara de Diputados este miércoles 27 de diciembre el proyecto de «Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos». 

El proyecto se erige, con sus más de 360 páginas y 664 artículos, en el epicentro de una avalancha reformista aún más amplia: aquella con la que el Poder Ejecutivo busca llevar a fondo sus políticas de desregulación y desguace del Estado a menos de un mes de su asunción.

En la propuesta -referida también como “Ley Ómnibus”- se pide al Congreso la aprobación de una serie de reformas en materia económicas, impositivas, previsionales, electorales, entre otras. Además de la delegación de las facultades legislativas en el Poder Ejecutivo por dos años, con posibilidad de extenderla a cuatro. Otro punto central son las propuestas de modificación del Código Penal. ¿Qué dice el proyecto específicamente en cuanto a esta área?

Las modificaciones principales o más paradigmáticas del proyecto en lo referente a la seguridad son dos, según Adrián Martin, juez penal y profesor de Derecho Penal en la UBA y en UNPAZ. La primera es la que afecta el actual Artículo 194, agravando una disposición que ya era problemática de por sí. “Amplía la penalización a quienes organicen manifestaciones o las convoquen -amplía Martin-. Ello agrava la situación del ya problemático artículo, pero además le agrega una regulación administrativa la cual van a poner a jugar en conjunto con esas disposiciones penales: la de la autorización previa del Ministerio de Seguridad”. 

Señala que el 194 siempre existió y que, históricamente, fue a través de él que se convalidó la represión de muchas protestas sociales. Sin embargo la transformación propuesta podría hacerlo aún peor. Martin explica que, al exigir una notificación ante el Ministerio de Seguridad, se genera una especie de andamiaje burocrático truculento que, ya de por sí, provoca la obstaculización de la protesta. Pero no solo eso: “Además -agrega-, el Ministerio puede no autorizar la protesta o modificar el lugar o la hora, lo que puede es desvirtuarla completamente, licuar su sentido y que nadie se entere de nada”. 

“Lo que agrava aún más la cuestión -añade Martin- es que considera una reunión a cualquier grupo de tres o más personas. Es ridículo… o directamente, una remisión a la dictadura”.

En esto coincide Mariano Fusero, abogado, Presidente Honorario de RESET (asociación especializada en políticas de drogas y derechos humanos), y miembro del comité de Ética del Instituto Knowmad de Alemania. Fusero señala que la idea de la modificación del Artículo 194 es que el hecho punible no sea solo la obstaculización del libre tránsito, sino cualquier grado de participación en la convocatoria, organización y participación en el ejercicio pleno del derecho humano y político a reunirse, expresarse, manifestarse y oponerse a las medidas de gobierno. Resulta familiar: como dijo Martin, una remisión a la dictadura. Eiminando esta clase de instancias, el proyecto de normativa busca reducir la democracia al voto.

“Lo que agrava aún más la cuestión -añade Martin- es que considera una reunión a cualquier grupo de tres o más personas. Es ridículo… o directamente, una remisión a la dictadura”.

La segunda modificación no hace más que atar con moño el posible nuevo panorama en lo que respecta a la seguridad interna. Se trata de la transformación del Artículo 34 del Código Penal. “La propuesta en cuanto a este artículo habilita la violencia institucional bajo la figura de legítima defensa o cumplimiento del deber, haciendo que los requisitos muy estrictos para avalar una legítima defensa -y más aún cuando es utilizada por las fuerzas de seguridad-  sean flexibilizados al extremo” cuenta. 

“Uno de los requisitos de la legítima defensa -ejemplifica Martin- es que el medio empleado para repeler la agresión ilegítima sea proporcional. Ahora la modificación agrega que la proporcionalidad debe ser interpretada siempre en favor de quien obra en cumplimiento del deber -la policía-. Frutilla de esa regulación es que le prohíbe a quien es lesionado o a la familia del fallecido accionar judicialmente contra la figura policial responsable”. 

El camino del proyecto de ley en cuanto al área penal está delineado: flexibilización para las fuerzas de seguridad y amordazamiento de quienes se opongan. 

“La regulación del derecho pierde legitimidad cuando su objetivo es la anulación plena de su ejercicio -expone Mariano-. Puede que estas medidas estén direccionadas a cautivar o representar las ansias represivas de un sector social hastiado de las manifestaciones de quienes consideran Otros, cuando no Orcos. En esa construcción del enemigo está el germen de su aniquilación y sobre ello debemos ser cautelosos, porque lamentablemente tenemos experiencia histórica”.

Movilización en Tribunales contra el DNU presidencial el 27 de diciembre. 

“Creo que estamos presenciando la afrenta institucional y constitucional más grave desde el regreso de la democracia hace 40 años -dice al respecto Fusero-. Los DNU son una herramienta de excepción constitucional ante la circunstancia de que el Poder Legislativo no pueda sesionar, por ejemplo, ante una pandemia. Y existen materias sobre las cuales no pueden versar. Todo ello fue abolido por el gobierno actual y se plasmará en una aberración histórica constitucional si no es frenado oportunamente por los contrapesos que deben ejercer los otros poderes del Estado, Legislativo y Judicial”.

“El gobierno actual no fundamenta necesidad y urgencia alguna para la utilización de dicha herramienta excepcional en materias de lo más disímiles. Pretenden derogar o modificar cientos de leyes de nuestro sistema normativo obviando el Congreso Nacional. Imponer de facto su plataforma de gobierno”, concluye Fusero.