Por Ivone Ayala
Fotografía: David Sanchez / TELAM

En la segunda jornada del juicio que investiga el asesinato de Rafael Nahuel, dos de los prefectos imputados intentaron convencer al tribunal que la bala letal provino de un compañero de la víctima. Mariano Przybylski, uno de los querellantes, opina lo contrario.

Dos de los cinco prefectos que fueron indagados en la segunda jornada del juicio por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, en una montaña del kilómetro 2006 de la Ruta 40, introdujeron una nueva coartada en el caso que ya cumplió seis años. Además de detallar los elementos de un supuesto «enfrentamiento armado» con los miembros de la comunidad mapuche, afirmaron que la bala mortal provino del propio grupo al que pertenecía la víctima. Sin embargo, el principal imputado es otro miembro de la fuerza, Sergio Guillermo Cavia, acusado de realizar el disparo letal, quien optó por guardar silencio. ANCCOM dialogó con Mariano Przybylski, director de Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación que es querellante en este proceso, y tiene una mirada opuesta a la de los imputados.

La calificación legal propuesta por la Fiscalía es homicidio doblemente agravado, por su comisión con violencia utilizando un arma de fuego y por abusar de su función y cargo en las fuerzas de seguridad, en concurso real con tentativa de homicidio doblemente agravado. A Cavia se lo imputa como autor, y al resto como partícipes necesarios. En base a la acusación, se ha destacado que «Pintos, Obregón y García desoyeron a su superior (Lescano)». La desobediencia pudo haber provocado “una situación”, y luego se realizaron disparos que contribuyeron al homicidio.

Se argumentó que los efectivos dispararon de manera intimidatoria para «proteger sus vidas» y, en ese sentido, actuaron «en cumplimiento del deber». La parte querellante sostuvo que esto se confirma con la muerte de Nahuel y las lesiones de Conia y Colhuán. Conia recibió un disparo que le perforó el antebrazo izquierdo, mientras que Betiana Colhuán, la machi (sanadora) resultó herida en su hombro izquierdo.

El abogado Mariano Przybylski, director nacional de Políticas contra la Violencia Institucional de la Secretaría de Derechos Humanos y querellante en el juicio, manifiesta su divergencia en la calificación de los cargos con la Fiscalía. Según el funcionario, corresponde acusar por homicidio calificado, ya que «no fue una legítima defensa, ni un exceso de legítima defensa; fue una decisión de los imputados perseguir y matar, por eso dispararon 130 balas de plomo».

Contrario a la versión del supuesto «enfrentamiento» que las defensas plantearán, él y la querella de la familia, representada por los abogados de la APDH Rubén Marigo y Ezequiel Palavecino, están convencidos de que los prefectos iniciaron una persecución en un terreno donde no deberían haber estado. «Hubo una persecución, los miembros de la comunidad escapaban y ellos disparaban por atrás», afirmó Przybylski.

Por su parte, las defensas de los prefectos buscaron convencer al Tribunal de que sus clientes fueron víctimas de un enfrentamiento y que solo cumplieron con su deber de responder a un ataque ilegítimo de un grupo de forajidos. «Cumplí mi deber y me defendí de un ataque ilegítimo. Tiré con bolitas de pintura a personas que me tiraban con armas de fuego», declaró Carlos Sosa, uno de los imputados. Sin embargo, en la causa no hay un sólo indicio de que los mapuche hayan tenido armas en su poder.

Francisco Javier Pintos fue el primero en declarar y argumentó: «No tengo duda de que lo mataron sus compañeros, ya que nosotros estábamos disparando de frente y el disparo que lo impactó entró por la espalda, por su retaguardia». Desde las querellas afirman que esos restos de pólvora hallados en los cuerpos de Fausto Jones Huala y Lautaro González fueron transferidos por los mismos prefectos al momento de tomar contacto con los jóvenes. Ellos cargaron a Nahuel cerro abajo hasta la ambulancia.

Przybylski sostuvo ante esta agencia que «las vainas son una de las tantas pruebas que demuestran que tuvieron la intención de matar». Independientemente de quién haya sido el que disparó la bala que mató a Rafael, «eso pierde importancia cuando vos tenés a cinco personas que disparan 130 veces contra todos los presentes» y comparó ese momento con un paredón de fusilamiento.

Hablaron los imputados
«Abrimos fuego hacia las tres personas que individualizamos disparándonos. Efectué pocos disparos y así fue como se secuestraron solo cinco vainas disparadas por mi pistola», explicó Pintos, otro de los imputados. «Hoy estoy aquí en medio de un juicio y siento que seré ofrendado al poder político de turno en una puesta en escena montada a las apuradas, violando mi derecho y mi garantía», agregó. Además, se permitió opinar que la causa “es una vergüenza” y que no se encontrará la verdad porque «ya tienen a los chivos expiatorios, pero jamás se sabrá quién disparó el arma que terminó con la vida de Rafael Nahuel».
Luego, el mensaje final de Pintos fue dirigido al Tribunal Oral Federal de General Roca, presidido por el juez Alejandro Silva e integrado por los magistrados Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava. «Si tienen un mínimo compromiso con la verdad, honrenlo, y haganos sentir a quienes ponemos el cuerpo todos los días en conflicto jugándonos la vida», cerró el prefecto.
El segundo en declarar fue Carlos Sosa que sostuvo: «Yo no maté a nadie y ningún integrante de la patrulla que yo integraba lo hizo. Hoy en día no existe una certeza en cuanto a cuál fue el arma que disparó el proyectil que mató a Rafael Nahuel». Cerró su declaración sentenciando al Poder Judicial: «Hemos sufrido el atropello permanente de nuestros derechos y garantías». Agregó que «mientras sigan existiendo políticos y jueces cómplices y cobardes, la problemática mapuche jamás terminará».
Para el abogado Przybylski, «el hecho de que sean tiradores de élite tiene mucho que ver: ellos conocían los protocolos para el uso de armas de fuego». Los miembros de la comunidad no tenían armas de fuego, arrojaban piedras. Por lo tanto, «de ninguna manera pueden dispararse armas letales, eso está prohibido por la ley. Ellos lo sabían».
Finalmente, en respuesta a qué espera de este juicio, Przybylski sostuvo que «fue un caso muy grave y hay pruebas suficientes para llegar a una condena justa por homicidio calificado. Fue un hecho en el que miembros de una fuerza de seguridad mataron a una persona, y el Estado debe dar una respuesta contundente para evitar que sucedan hechos similares en el futuro».

Denuncian detención y torturas
Yesica Fernanda Bonnefoi Antimil, de la misma comunidad mapuche que Rafael Nahuel, fue arrestada el 11 de agosto después de haber estado en clandestinidad, al igual que otros miembros de la comunidad desde octubre de 2022, tras el violento desalojo que resultó en el arresto de la machi Colhuan y parte de su comunidad durante ocho meses.
Al momento de su detención, Yesica presentaba graves golpes en todo su cuerpo, con contusiones visibles. Durante su arresto, fue sometida a un trato violento que resultó en la extracción de una muela a golpes, y sus manos aún permanecen inflamadas debido a la brutalidad del trato.
A pesar de las afirmaciones de la policía en los medios locales de Bariloche de que su detención fue parte de un control de rutina, Yesica relató que los agentes ingresaron a la casa donde se encontraba y agredieron a todos los presentes. Su reacción defensiva ante la violencia resultó en su traslado a la comisaría.