Por Maru Conde
Fotografía: ARCHIVO Camila Alonso Suarez

Docentes bonaerenses aportan un 16% de sus salarios para garantizar su derecho al retiro. Sin embargo, los trámites para jubilarse tienen demoras y plazos inciertos.

 

El Instituto de Previsión Social (IPS) es la caja contributiva de la Provincia de Buenos Aires y se encarga de gestionar la jubilación de los docentes, de los trabajadores municipales, de empleados de la administración pública provincial y del servicio penitenciario. En esta entidad se presentan conflictos en la resolución de los derechos de retiro y los profesionales de educación reclaman un aceleramiento en los plazos y una revisión en las modalidades de pago.

¿Cuándo puede un docente en jubilarse? Según la Ley 24.016, en la Provincia de Buenos Aires, necesita 25 años de servicio para retirarse y tener 50 años cumplidos al momento de presentar los papeles. Luego, restan meses, en algunos casos años, hasta que accede a su resolución definitiva y culmina el trámite.

“Hoy se cumple un año de mi cierre de cómputos, todavía estoy sin jubilarme y sigo en proceso de espera”, afirma María, una docente de colegio privado que desea mantener su identidad resguardada. Los maestros y profesores bonaerenses que se encuentran próximos a solicitar su derecho de retiro deben pedir una certificación digital a sus empleadores, que debe estar firmada por la Dirección General de Cultura y Educación, por la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP) o por el municipio a la cual corresponda el colegio, dependiendo de las características propias de cada establecimiento.

“Hubo problemas con las certificaciones que estaban enviadas, las rechazaron y tuve que volver a presentarlas. Luego, el IPS cometió un error en las fechas de carga de mis documentos», señala María. Su camino a la jubilación comenzó en noviembre de 2021 con conflictos alrededor de una certificación que acreditara todos sus cargos y años de servicio. Más tarde, en julio de 2022, ingresó en el sistema del IPS. Ya adentro, se encontró con obstáculos en los trámites, gestiones incorrectas en la certificación y se vio en la necesidad de acercarse personalmente a los centros de atención al cliente y a las oficinas centrales en La Plata. “Las dos veces que se movió mi trámite fue porque me acerqué a pedir atención”, remarca.

“Trabajar mientras aguardo la jubilación es muy angustiante –expresa María–, porque tenía otros proyectos o ideas. En este proceso, tengo que trabajar con profesionales los temas de salud que esta espera acarrea. Me habían dicho que podían tardar siete meses o un año”. Mientras aguardan, los docentes de colegios públicos pueden decidir cesar sus actividades cobrando un porcentaje de su sueldo jubilatorio, el cual es aportado por el Estado. Por el contrario, aquellos que ejercen en privados no cuentan con tal beneficio y, en caso de cesar actividades, dejan de percibir un salario hasta que se complete el retiro.

 

La mirada de la ley

La letrada especialista en Derecho Previsional Docente, Micaela Lazzatti, comenta que los abogados tienen la tarea principal de acompañar el trámite “desde el principio al final, terminando con el acto administrativo que establece la resolución definitiva y con la persona cobrando”. La responsabilidad del profesional es “determinar el derecho al retiro y el cargo con el cual se jubila” a fin de presentar los papeles en correcto estado y evitar observaciones o rechazos de las entidades.

Maricel Besse, diplomada en Derecho Previsional, explica que la presentación de los papeles tiene una alta demora, ya que “la firma de las certificaciones tarda aproximadamente cinco meses, si es que no es rebotada”. Luego, una vez que ingresa al sistema del IPS, se tarda otros nueve meses o un año para la resolución del expediente.

Los abogados que gestionan el derecho al retiro de este grupo de trabajadores cobran dos haberes jubilatorios completos. A su vez, están autorizados a presentar gestiones a nombre del docente, aunque “se maneja dentro del informalismo, tanto el cliente como el profesional puede realizar los trámites, ya que se trata de la administración pública”, puntualiza Besse.

Si bien la tramitación puede ser llevada a cabo por los mismos docentes, Graciela, una jubilada que se encarga de acompañar a quienes buscan acceder a su derecho al retiro y que prefiere no dar su nombre completo, enfatiza que “los trámites no son sencillos, menos para profesionales que están en actividad y no disponen del tiempo para ocuparse”. También hace una crítica hacia los procesos de trabajo con abogados del Derecho Previsional Docente: “No explican claramente las características del proceso y no acompañan el proceso emocional por el cual se atraviesa”, sostiene. 

 

La voz oficial

l Instituto de Previsión Social fue fundado en base a la Ley 5425, promulgada en 1948. Esta norma fue derogada por la Ley 8587 en 1975, que define a la entidad como la encargada de “recaudar sus recursos, conceder y pagar las prestaciones” en el marco de la previsión y seguridad social. Actualmente, según la directora del IPS, Marina Moretti, cuenta con 335 mil beneficiarios.

En los Centros de Atención Previsional (CAP) hay un flujo constante de atención a las personas que se acercan, que deben aguardar mientras el encargado evalúa su caso y las posibles acciones a llevar a cabo, ya sea para solucionar demoras en los trámites, para gestionar pensiones o para contactarse con áreas de la entidad que puedan colaborar en resolver el caso específico de cada una.

“En el IPS ya no existe más la transitoriedad”, asegura Moretti en referencia a la gestión de resoluciones jubilatorias provisorias. Una vez que los datos consignados por las instituciones empleadoras y el docente son verificados, se accede a la resolución definitiva. La directora del IPS detalla: “Tenemos 30 mil jubilaciones que estamos trabajando para pasar a definitivas”, a la par que señala que actualmente buscan emitir únicamente aquellas que tienen este carácter.

Los docentes de la provincia de Buenos Aires tienen un régimen especial. A comparación de otros trabajadores que aportan el 11 por ciento de sus sueldos como contribución para el retiro, los docentes aportan un 16%. Según el Decreto-Ley 9650/80, aquellos docentes que acrediten 10 años de trabajo frente a alumnos podrán retirarse a los 50 años y tras 25 años de servicio. “Se reconoce que hay un desgaste mayor”, explica Moretti.

En cuanto a los tiempos, se trata de un tema que atraviesa a todas las áreas y profesionales que participan, afectando principalmente a quienes desean jubilarse. “Se está tardando entre 10 y 11 meses, pero queremos tardar cuatro”, dice Moretti. En cuanto a las personas que aún aguardan su resolución y la garantización del derecho al retiro, reconoce que “con más de un año tenemos cinco mil expedientes. Con más de tres años, no llegan a dos mil”.

Los esfuerzos de la entidad apuntan a la digitalización de los trámites para facilitar su automatización. «El IPS es 80% papel”, confirma Moretti. Con la búsqueda de esta nueva modalidad, confía en que se podrán reducir los tiempos y demorar solamente cuatro meses. “Nos falta todavía, pero estamos encaminados”, ratifica. Se espera que a partir del 1 de marzo, se acceda a la digitalización completa de todos los trámites que se realizan en el Instituto de Previsión Social.

 

Problemas en los pagos

Gladys, quien también desea mantener su identidad en reserva, acarrea un problema que tiene su base en el funcionamiento del IPS. Durante su servicio, se desempeñaba seis horas de trabajo como secretaria, cuatro le eran abonadas dentro de su sueldo y dos como extras. “En su momento hice los aportes en tiempo y forma”, aclara.

Hoy desde el IPS le solicitan que lleve un certificado firmado por la escuela y por escribanos o el banco. Este debe acreditar cuánto estaría cobrando por esa extensión horaria. “Tengo que presentar ese papel en alguno de los centros del IPS cada vez que se genera un aumento, lo cual es tedioso, ya que siempre son en cuotas”, se queja.

“Esperé hasta dos años para que me actualizaran el haber”, relata Amanda, que está en la misma situación, que siempre es, añade, en detrimento de los docentes. Si bien se acercó a hacer reclamos a las sedes del IPS, su experiencia fue negativa. “No nos atienden o no nos quieren atender”, dice.

Marisa, con similar problema, cuenta que “si atienden, dan respuestas ambiguas. Dicen que lo están trabajando o que están evaluando alternativas, pero nunca algo firme”. Todos estos casos quedan catalogados como “extraña jurisdicción” y los documentos habilitantes para acceder a los aumentos deben ser renovados en cada ocasión.

Ellas son sólo algunas de las damnificadas que no pueden acceder correctamente a su derecho a jubilarse. Marisa lo sintetiza así: “Con esta modalidad de reclamar lo que es propio, no nos están cuidando”.