Hecha la ley, sigue el debate

Hecha la ley, sigue el debate

Según un estudio de la Asociación Civil Tejiendo el Barrio, en conjunto con la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, “siete de cada diez personas que teletrabajan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) se encargan en simultáneo del cuidado de sus hijas e hijos desde que comenzó la cuarentena”.

El teletrabajo –o home office– ya era una modalidad habitual en un buen número de empresas y organizaciones en la Argentina, pero con la pandemia se generalizó. Por ello, el Gobierno nacional promulgó, el último 14 de agosto, la Ley 27.555 que establece un régimen para los contratos de teletrabajo. Si bien entrará en vigor 90 días después de finalizada la cuarentena, políticos de la oposición y sectores empresariales señalaron la dificultad de llevar a la práctica la regulación.

La nueva normativa fue impulsada por la necesidad de una ley específica que regule y garantice los mismos derechos y obligaciones a los teletrabajadores que a quienes desempeñan sus tareas de forma presencial. Además, tiene por objeto promover y regular esta modalidad como un instrumento de generación de empleo, mediante la utilización de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), y como una herramienta para conciliar la vida familiar y laboral en un solo ámbito.

En diálogo con ANCCOM, el abogado laboralista Julián Hofele, asesor de la diputada del Frente de Todos Vanesa Siley, detalla: “La legislación establece numerosas especificaciones, basada primero en la igualdad de derecho con las personas que trabajan en forma presencial”. Y agrega: “Garantiza el cumplimiento en materia salarial, de extensión de la jornada, derechos colectivos, sindicales, riesgos de trabajo, higiene, accidentes, contiene la igualación en todos estos aspectos”.

Con respecto al derecho a la desconexión digital, Hofele afirma que “se garantiza el derecho al descanso y la limitación horaria de la jornada. Además, el trabajador tiene derecho a no recibir comunicaciones por parte del empleador, fuera de la jornada laboral”.

La senadora nacional de Juntos por el Cambio, Gladys González, opina que la ley está pensada desde una lógica laboral caduca que desincentiva la modalidad de trabajo. Y acerca del derecho a la desconexión, si bien afirma que es fundamental garantizarlo fuera del horario laboral o durante licencias, aclara: “Creemos que el empleador puede cursar comunicaciones al trabajador y que éste no está obligado a responder si está fuera de su jornada. Las empresas operan con grupos en turnos y eso hace que tengan diferentes momentos para enviar comunicaciones”.

Desde el sector de las PyMEs, Salvador Femenía, asesor de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y presidente de la Cámara de Comercio de Moreno, considera que tal derecho “limita al empleado, porque él puede pactar cuestiones de metas y podría hacerse acreedor de más dinero”. Según Femenía, “el empleado tiene una comodidad trabajando bajo esta modalidad, ya que puede manejar los tiempos como quiera. Debería haber más libertad con los horarios y se podría pactar entre las partes en qué momento llamarse”.

Otro de los artículos discutidos de la ley es el que menciona “el principio de reversibilidad”, que determina que el traslado de quien trabaja de manera presencial a su casa debe ser voluntario y tiene la posibilidad de volver. Hofele destaca que, ante una situación inesperada, pueden cambiar las condiciones del lugar en donde vive y cómo se compone la familia, por ende, se contempla esta medida. Puntualiza que estos son los casos en los que se cambia de modalidad de empleo, no de los contratados por el sistema de teletrabajo, que dependen de sus propios convenios colectivos. Y sostiene que el principio de reversibilidad no se aplica automáticamente: “Esto se debe hablar y resolver con la voluntad entre ambas partes”.

Para la senadora González, sería “prudente dar un tiempo al empleador para que se adapte a la reversión propuesta por el trabajador. Para el empleador, dar la posibilidad de que un trabajador pase de una modalidad presencial a una virtual implica una inversión que tenemos que tener en consideración, para no desincentivar al teletrabajo”.

Al igual que González, para quien la reversibilidad lo único que va a generar es “el desaliento de los empleadores a la hora de adoptar esta modalidad de trabajo”, Femenía critica tal posibilidad: “Si tenés a toda la empresa, por ejemplo, o un área en particular, con teletrabajo y quiere la reversibilidad, si yo no puedo dárselo, se considera despedido y con doble indemnización”. Y reclama “que se puedan establecer ciertas pautas para que se sienten a negociar y entre las dos partes encontrar una solución satisfactoria para el trabajador”.

Acerca del derecho a la sindicalización, la ley dispone que las personas que están teletrabajando puedan elegir y/o ser elegidas para ser representantes gremiales. “Esto va a requerir que los sindicatos encaren las negociaciones colectivas en cada sector contemplando las especificaciones mismas del teletrabajo para su actividad y, por supuesto, del cumplimiento”, expresa Hofele.

El secretario gremial de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), Claudio Marín, alerta sobre el peligro de que el teletrabajo aumente el trabajo precario. “El punto central es la registración. Tiene que haber participación de los sindicatos en ella y de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, además del Ministerio de Trabajo, si no corremos un riesgo cierto de que el trabajo no registrado se multiplique”.

“Los sindicatos deberían ser más cercanos a las empresas, negociando –se queja Femenía–. Hablan todos de derechos como si fuéramos explotadores, no somos grandes empresas. Las PyMEs tenemos una relación muy cercana, cuidamos al empleado”.

Ante las observaciones de la empresarios y oposición, el Poder Ejecutivo aceptó revisar el artículo 8 de reversibilidad cuya aplicación, se anuncia, podría tener un tiempo de concreción de hasta seis meses, lapso en el cual la empresa debería acondicionar sus instalaciones para el regreso de los empleados a la oficina.

¿Teletrabajo o teleemergencia?

¿Teletrabajo o teleemergencia?

Antes de la pandemia, según un informe de CIPPEC, solo el 8% de los empleados realizaba teletrabajo.

El aislamiento, preventivo, social y obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional para prevenir la pandemia que azota al mundo tiene su contracara (contra y cara) en la paralización de la economía. Según el Observatorio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la paralización afecta a 2.700 millones de trabajadores en el mundo (un 81% del total). En Argentina, según el Observatorio de Despidos, a cargo de sociólogos de las Universidades de Buenos Aires y La Plata, hacia junio casi cinco millones de trabajadores han sido afectados por reducciones salariales, suspensiones o despidos. En este sentido, la no esencialidad de ciertas actividades laborales obligó a muchos rubros a readaptar sus trabajos. De esta manera se impuso el teletrabajo o, mejor dicho, la tele-emergencia. 

Si bien el teletrabajo está lejos de ser una novedad dentro del ámbito laboral, es cierto que uno de sus pilares básicos se dificulta debido a la irrupción de la pandemia: la planificación. «No ha habido posibilidad alguna de formarnos ni de organizarnos. El teletrabajo, en situaciones ideales pero también en las actuales, supone el establecimiento de objetivos y plazos así como también el tiempo destinado al él. El teletrabajo pre-pandemia tenía asignado solo un día a la semana, que es distinto a trabajar desde el lugar de aislamiento», asegura Lorena Díaz Quijano, consultora en transformación y negocios digitales. 

Según un informe publicado por CIPPEC en abril de este año, antes de la pandemia solo el 8% de los argentinos trabajaba desde su casa, generalmente una o dos veces por semana. El mismo informe advierte que sólo el 28% de los oficios registrados están en condiciones de realizarse desde los hogares. Pero la pandemia no avisó y el teletrabajo se impuso con sus dificultades: problemas de conectividad, falta de infraestructura digital propia de cada trabajo, carencia de espacio o concentración, ausencia de horarios de trabajo y del pago de horas extras, entre otras cuestiones. «Parejas con hijos deben repartirse el tiempo de cada uno entre el trabajo y los cuidados; personas que reparten tiempo entre estudio y trabajo; docentes con más de un trabajo y obligaciones; tareas del hogar. En fin, debió repensarse todo el esquema horario, trabajar por bloques», agrega Díaz Quijano.

Según el informe de CIPPEC, el 28% de los oficios están en condiciones de realizarse desde los hogares.

De acuerdo a un estudio de la consultora internacional Adecco, en Argentina el 42% de las personas trabaja más horas en cuarentena. Otro aspecto a señalar es la disminución del caudal y la calidad de la comunicación entre colegas y el incremento de tiempo para acceder a información que permita alcanzar los objetivos laborales  propuestos, como consecuencia del trabajo asincrónico y la necesidad de atender otras obligaciones en la casa.

Otra alarma que han encendido desde las asociaciones de trabajadores es la falta de legislación a nivel nacional para esta modalidad de trabajo. Agravada por el distanciamiento que el aislamiento social impone a los trabajadores y las dificultades que ello trae a la organización de demandas colectivas. 

La Ley 20744 de Contrato de Trabajo (LCT) no fue diseñada para la labor a distancia. Fabio Boggino, abogado y consultor especializado en teletrabajo afirma: «La OIT regula las normativas laborales a nivel global y avala el teletrabajo. Aún así, hay países vecinos que sí regulan explícitamente el teletrabajo, como Colombia o Chile. En Argentina existen proyectos pero no ley. La Superintendencia de Riesgo de Trabajo (SRT) recomienda proveer a los teletrabajadores de algunos insumos, aunque en esta actualidad trastornada esas recomendaciones han quedado, por lo general, sin efecto». En este sentido, Boggino insiste en denominar tele-emergencia a la situación actual.

Las recomendaciones de la SRT a las que hace mención  Boggino, al igual que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, proponen entre otras cosas proveer al empleado de un botiquín, un matafuegos, una silla ergonómica y una computadora así como también cubrir gastos derivados del trabajo. En la actualidad, los costos del teletrabajo son generalmente cubiertos por los empleados en un contexto de recortes salariales donde los esfuerzos de la pandemia recaen sobre los trabajadores y trabajadoras.

En medio de la cuarentena, ingresaron al Congreso Nacional 14 proyectos para regular el teletrabajo.

Desde la Asociación de Abogados Laboralistas (AALL), Matías Cremonte asegura «que el gobierno prohíba los despidos es un avance importante pero permitir una reducción salarial luego de años de recesión económica es un grave avasallamiento sobre los mismos».

En sintonía con estas demandas, este mes, en el Congreso de la Nación se han ha presentado catorce proyectos sobre regulación del teletrabajo para abordar aspectos que las legislaciones vigentes ignoran: como el consentimiento del empleado a realizarlo, sin que por ello peligre su fuente laboral; el derecho a la desconexión; el establecimiento o control tanto de la carga horaria como de trabajo; la reversibilidad hacia la presencialidad post pandemia; la protección de datos -según IBM, crecieron exponencialmente los ciber ataques a nivel mundial, cuyas víctimas son, sobre todo, PyMEs- o la provisión de equipamiento y la compensación de gastos derivados. Es necesaria una nueva legislación que allane las dificultades que la tele emergencia impuso.

Precarización laboral a distancia

Precarización laboral a distancia

“Mi oficina es mi casa, no tengo compañeros y no conozco la cara de mi coordinadora”. Así describe Andrea su espacio y sus relaciones laborales. Forma parte del 1,2 millones de teletrabajadores que, según las cifras más recientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), desarrollan su actividad a distancia en la Argentina.

Andrea, teletrabajadora, está frente a su computadora con el teléfono en una mano y una birome en la otra.

El teletrabajo es cada vez más frecuente en nuestro país, según cifras de la OIT.

El teletrabajo es una modalidad de “trabajo a distancia -incluido el trabajo a domicilio- efectuado con auxilio de medios de telecomunicación y/o de una computadora”, tal como lo define la OIT, predominante entre periodistas, diseñadores gráficos, diseñadores web, operadores, programadores y desarrolladores de sistemas, entre otros.

Para Santiago Duhalde, Doctor en Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA) e Investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), se parece mucho a la vieja forma de trabajo a domicilio que existía en los siglos XVIII y XIX, ahora atravesada por las TICs (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y basada en una “individualización de la relación laboral”: el trabajador realiza su tarea fuera del tradicional ámbito laboral y alejado de la presencia física de jefes, superiores y, en la mayoría de los casos, de compañeros.

Full time

Andrea es redactora y elabora artículos para sitios web y blogs españoles. Trabaja desde hace tres años para la misma empresa cordobesa a la que le factura mensualmente de acuerdo a los trabajos que haya realizado. No tiene un vínculo cara a cara con la empresa, se contacta de forma virtual con la coordinadora que le propone nuevos proyectos y controla sus tiempos y calidad de producción. Generalmente trabaja desde su casa, a veces en un bar. Las horas que dura su jornada laboral depende de la cantidad de proyectos en los que esté trabajando. “Para que el ingreso me rinda, tengo que agarrar varios proyectos simultáneos”, señala. Si la fecha límite de entrega del proyecto se acerca y el artículo no está terminado, la jornada se extiende lo que sea necesario. Sus momentos laborales no distinguen entre día o noche y la “comodidad” del hogar hace que muchas veces continúe trabajando durante el almuerzo o la cena y los fines de semana.

En la industria informática se desdibuja la jornada laboral en la modalidad teletrabajo. Para Ezequiel Tosco, Secretario General de la Asociación Gremial de Computación (AGC), bajo el “discurso de la comodidad, la libertad y la autonomía”, el trabajador termina dedicando más horas, cobrando menos y no contando con los aportes a la seguridad social.

Duhalde explica que trabajar por objetivos y no tener definida una cantidad de horas de trabajo “licúa la idea de jornada laboral” extendiendo el tradicional horario de ocho horas y precarizando aún más esta actividad.

Invisibilizar derechos

Martín no tiene un salario fijo por su teletrabajo, vende sus artículos de acuerdo al precio que esté dispuesto a pagarle su empleador. Es periodista, redacta notas, realiza entrevistas y edita textos para diarios web desde hace tres años. No siempre su trabajo fue remunerado sino que trabajó ad honorem para poder hacer experiencia en su profesión. En ocasiones, “invierte” más de lo que gana para, por ejemplo, costear el transporte para realizar una entrevista. 

El salario de Andrea también es variable, factura a fin de mes de acuerdo a la cantidad de notas que haya realizado. El pago por su trabajo ya está establecido de antemano como parte del proyecto. “La coordinadora me informa que hay que escribir una cantidad de notas con determinados caracteres y que se paga determinado monto por eso. Acepto o no acepto el proyecto, no hay lugar para la negociación”, describe. La paga de los artículos va aumentando, sutilmente, durante el año pero nunca se habla en términos de salario, aunque su relación laboral ya lleve tres años.

La inscripción de los teletrabajadores como autónomos enmascara la real relación de dependencia, tal como lo plantea Duhalde. “En muchos casos, ni siquiera están registrados, es trabajo en negro o un falso trabajo autónomo porque son monotributistas que trabajan únicamente para uno o dos empleadores”, dice y enfatiza en que eso implica un “fraude a la Ley de Contrato de Trabajo”.

Tosco coincide en que la modalidad freelance es un “fraude fiscal y una estafa al trabajador” porque hay un contrato de trabajo encubierto, que no está dentro en ningún convenio colectivo de trabajo (CCT) y que afecta al trabajador por ausencia de aportes patronales y a la Seguridad Social de la Nación”.

Se trata de una “actividad precarizada”, dice Duhalde y agrega: “Con una relación de dependencia encubierta, ni siquiera están sindicalizados ni gozan de otros derechos provenientes del CCT”. Resalta que, por el contrario, “para la empresa es muy bueno porque se evita los costos de las herramientas y la conexión, disminuye el salario respecto a la modalidad presencial y, además, se ahorra las cargas sociales”.

Ezequiel Tosco, de AGC, posa junto a la bandera argentina y a la de su gremio en su oficina.

«El trabajo freelance es un fraude», dice Ezequiel Tosco, de la Asociación Gremial de Computación.

La falta de sindicalización y la ausencia de vínculos legales entre el trabajador y la empresa dejan a los trabajadores en una compleja situación de incumplimiento de sus derechos y condiciones laborales. “Cuando me quiero tomar vacaciones es un problema, tengo que adelantar los artículos que correspondan a los días en que no esté”, señala Andrea, para quién vacaciones pagas, paritarias, aguinaldos, antigüedad e indemnizaciones no existen.

En este marco, la necesidad de regulación es clave. Luego de la presentación al Poder Legislativo, en 2015, de un proyecto de Ley de Teletrabajo en Relación de Dependencia que no prosperó, la problemática ya no está en la agenda. Según Duhalde es un problema que está desatendido. “Se trata de visibilizar esta problemática para no invisibilizar a los trabajadores”, concluye.