Por Francisca Cambiano
Fotografía: Captura de pantalla de La Retaguardia

El Ministerio Público Fiscal reclamó incorporar múltiples cargos por delitos sexuales y crímenes contra menores en la megacausa que investiga delitos de lesa humanidad cometidos en Mansión Seré y el circuito represivo RIBA. Las acusaciones recaen sobre los represores Ernesto Rafael Lynch, Juan Carlos Herrera y Julio César Leston.

Tras haber finalizado la instancia testimonial en la audiencia previa, la jornada 33° del juicio Mansión Seré IV y RIBA II estuvo dedicada a la solicitud formal de la ampliación de la acusación por parte del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Félix Crous y la fiscal auxiliar Nuria Piñol. La petición busca incorporar decenas de nuevos casos y cargos relacionados con delitos de agresión sexual y crímenes conexos cometidos contra infancias y familiares de las víctimas.

Para ello, la Fiscalía recopiló la información recabada a lo largo de las 32 audiencias anteriores, argumentando que si bien no son “hechos estrictamente novedosos, sí lo son para el debate”, ya que no habían sido tipificados de manera autónoma en la elevación a juicio. A partir de este recurso, Crous y Piñol buscan garantizar un tratamiento jurídico completo sobre el plan sistemático de terrorismo de Estado en la subzona 16, en el oeste del Gran Buenos Aires.

Los fiscales basaron su solicitud en el Artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación, “que alude a que surjan del debate hechos que integran el delito continuado atribuido”. De esta manera, Crous explicó que la expresión no refiere la “categoría dogmática” de “delito continuado” sino a “una continuidad en el sentido fáctico, en el sentido histórico de los sucesos”. Así, desde la Fiscalía argumentaron que aceptar la ampliación evitaría la “revictimización de las víctimas” (que no tendrían que someterse a un nuevo juicio para abordar estos temas) y cumpliría con las “obligaciones internacionales” del Estado Argentino.

Para avalar su petición, los fiscales citaron una amplia jurisprudencia que sentó precedentes relacionados con este proceso. Entre ellos mencionaron los juicios por el centro clandestino El Vesubio, junto con los de Mansión Seré II, en los que fueron tratados hechos que surgieron durante el debate, conduciendo a una ampliación. También citaron el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el caso Martel, en el que la Corte revocó la exclusión de delitos sexuales y estableció la necesidad de investigar y condenar con perspectiva de género. Para incluir los delitos cometidos hacia las infancias citaron la causa Guerrieri sobre delitos de lesa humanidad, en la que el Tribunal de Rosario sostuvo que no incorporar el tratamiento de niños y niñas como víctimas directas implicaría una “denegación de justicia”.

La ampliación de la acusación apunta principalmente contra Ernesto Rafael Lynch y Juan Carlos Herrera por múltiples hechos de abuso deshonesto agravado, violación agravada, privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados. Además se lo acusa a Julio César Leston por un caso de privación ilegal de la libertad agravada y de tormentos agravados.

 

Perspectiva de género

 Luego de haber preguntado a lo largo del juicio si las víctimas deseaban que se investiguen y juzguen esos sucesos en particular, la Fiscalía busca imputar a Herrera y Lynch numerosos hechos de violencia sexual, argumentando que estos crímenes afectan “bienes jurídicos personalísimos distintos” a los tormentos que formaron parte del terrorismo de Estado. “Los abusos sexuales en el contexto concentracionario forman parte del plan sistemático y no de conductas de arranques criminales individuales de los agresores”, afirmó Crous. En la argumentación se hizo hincapié en la obligación de investigar estos hechos con perspectiva de género, siguiendo las recomendaciones de organismos como el Comité de Derechos Humanos de la ONU y la Convención de Belém do Pará.

En total fueron 15 los casos de violencia sexual a los que se refirieron desde el Ministerio Público Fiscal, recuperando testimonios previos de las víctimas brindados tanto en el juicio actual como en otros anteriores. Entendiendo que el objeto de reproche de los delitos es la afectación de las víctimas, la Fiscalía sostuvo que la responsabilidad en los delitos de agresión sexual no recae únicamente en la persona que haya tenido acceso carnal a la víctima. Para eso, se utilizaron a la figura del “dominio del hecho”, buscando establecer cuáles de todos los intervinientes detentaron el dominio del hecho e incidieron efectivamente en la configuración final del suceso.

Niños, no cosas

 El otro eje de la audiencia estuvo en el reconocimiento de niños, niñas y familiares allegados como víctimas directas de privación ilegal de la libertad y tormentos. Desde la Fiscalía impulsan la defensa del legítimo reconocimiento del derecho penal de niños, niñas y adolescentes; y afirmaron que negarles la categoría de víctima implicaría reducirlos a la “condición jurídica de cosas”.

Con esta ampliación se busca tipificar delitos conexos, como la privación ilegal de la libertad agravada (aunque sea temporal) y tormentos agravados. El delito de tormentos se configura, como fue el caso de algunos de los testimonios citados, al presenciar secuestros violentos, ser apuntados con armas, o ser interrogados mientras se destruían sus pertenencias.

Entre los más de 70 casos mencionados se incluye un rango etario que va desde bebés que no llegaban a un año de edad, hasta adolescentes de 17 años. “No sé si fue en brazos de mi mamá, no sé si me separaron de mi mamá, no sé lo que pasó conmigo en todas esas horas. No lo sé y ese agujero negro de esas horas es el agujero negro de mi vida”, había afirmado Mariana Eva Pérez, hija de los desaparecidos Patricia Roisinblit y José Pérez Rojo, quien fue secuestrada con un año y tres meses de edad y permaneció varias horas en cautiverio bajo fuerzas de la RIBA.

Tras una extensa exposición del Ministerio Público Fiscal, la dinámica procesal establece que las querellas y defensas deben emitir su opinión. Por su parte, las querellas de la Asociación Civil Moreno por la Memoria y la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, manifestaron su adhesión y solicitaron exponer sus argumentos en la próxima audiencia programada para el 28 de octubre. Las defensas tendrán lugar el 11 de noviembre y, posteriormente, el Tribunal presidido por la jueza María Claudia Morgese Martín, deberá resolver el requerimiento aceptando o rechazando la acusación en bloque, u optando por aceptar solo una parte y rechazar los demás cargos solicitados.