Un nuevo decreto de Javier Milei deroga la protección legal que tenían los pueblos originarios para evitar los desalojos de sus territorios. Las comunidades indígenas realizaron presentaciones judiciales y los organismos internacionales manifestaron su preocupación.

El gobierno de Javier Milei, en el Día Mundial de los Derechos Humanos y de la restitución de la democracia, decidió a través del decreto 10183/2024 eliminar la protección legal con la que contaban los pueblos indígenas para frenar los desalojos de sus territorios. Lo hizo a pocas horas de difundida la comunicación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresando su preocupación por la vulneración de los derechos de los pueblos originarios. El organismo internacional indicó que casi la mitad de las 1881 comunidades aborígenes del país están siendo afectadas por el gobierno de Milei
El Artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; regula la entrega de otras aptas y suficientes para su desarrollo humano y que ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. También asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Por otra parte, la Ley 26.160 sancionada en 2006 durante el gobierno de Nestor Kirchner declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas originarias del país, con personería inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. La parte nodal es su Artículo 2 que dispuso suspender por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias o actos administrativos cuyo objeto sea el desalojo de las tierras.
El gobierno libertario aduce que dichas normas han generado inseguridad jurídica y una grave afectación al derecho de propiedad de los “legítimos dueños”, o los derechos de sus arrendatarios o poseedores. Dicen que entra en contradicción con el derecho de dominio sobre los recursos naturales en favor de las provincias, reconocido en el Artículo 124 de la Constitución. Así, emitió el decreto 1.083/24, que derogó el decreto 805/21, que prorrogaba la vigencia de la Ley 26.160, y estableció “finalizada la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país”.

Las comunidades responden
Soraya Maicoño, mujer mapuche del Puel Mapu, dice: “No nos sorprende esta decisión porque la realidad es que justamente todos estos territorios son los que están en la mira del empresariado argentino y extranjero, entonces necesitan tener toda la vía libre posible para seguir entregando el territorio”. A su criterio, “la situación en las comunidades es muy endeble porque hay muchos proyectos extractivistas a lo largo y a lo ancho del país”. Y con respecto a los desalojos agrega: “la realidad también es que la gente va a seguir viviendo en sus territorios, porque no hay donde irse, y en todo caso verá de qué manera resiste llegado el caso de que aparezca la represión estatal policial, la persecución judicial. Mientras tanto se va a seguir trabajando y sosteniendo de la manera más digna que se pueda”.
En la misma sintonía, Orlando Carriqueo, vocero de la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, anunció que las comunidades se preparan para resistir las medidas de Milei, y que evalúan hacer una presentación judicial por inconstitucionalidad. “Esto es de una gravedad institucional enorme, significa la violación de los derechos humanos, de los convenios internacionales y de la propia Constitución”. En ese sentido, Carriqueo advirtió que la medida “tiene una gravedad enorme porque también se eligió el día para darlo a conocer. Y fue el 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos y Día de la Democracia. Es una medida que se aleja del pacto democrático, puede generar una inestabilidad muy grande, mucha conflictividad social y puede costar vidas”. El referente apuntó que “nosotros denunciamos esto como una práctica genocida y también como un delito. Violar los derechos humanos en un sector de la sociedad es un delito. Y si lo hace el Estado, es un delito de lesa humanidad. Entonces, creo que hay que advertir eso”. Cuando Carriqueo habla de costo en vidas pone en evidencia que está vivo el recuerdo de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, desaparecido y asesinado en el contexto de la represión a la resistencia a los desalojos.

Desde las bancas del Frente de Izquierda y de los Trabajadores – Unidad (FITU) presentaron un proyecto para derogar el Decreto 1083/24, con la firma de Alejandro Vilca, Nicolás del Caño, Christian Castillo, Mónica Schlotthauer y Vanina Biasi. Vilca explica que “La Libertad Avanza y sus cómplices gobiernan a pedido de empresarios, inmobiliarias, mineras y todos los negocios que quieren quitarle la tierra a las comunidades indígenas, el peronismo debería apoyar este proyecto y oponerse a la avanzada contra quienes resisten en sus territorios, contra el negacionismo racista y antiderechos del gobierno de Milei”.
Por su parte, en el otro extremo del país, el Tercer Malón de la Paz manifestó desde Jujuy su rechazo a la derogación de la Ley 26.160 y repudió el accionar de Milei. En un manifiesto que difundieron la pasada semana afirmaron que el decreto 1083/24 es ilegal, y solicitaron la intervención del Congreso Nacional para defender la vigencia del estado de derecho y el efectivo cumplimiento del Artículo 75 de la Constitución Nacional.
También se pronunció contra las iniciativas oficialistas la Asociación de Abogados y Abogadas en Derecho Indígena, y recordó que la Ley 26.160 declaraba la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades, suspendía los desalojos, y ordenaba la realización del relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, una tarea que aún está inconclusa. En efecto, de las 1.881 comunidades identificadas el 47% aún no fue relevado. Sin embargo, la AADI destacó que “la derogación de la norma no habilita el impulso de desalojos de comunidades indígenas, ya que como postulaba Germán Bidart Campos, la cláusula de la Constitución Nacional es operativa y así debe respetarse en sede judicial”. Queda por verse si los juzgados que tienen ya firmadas las órdenes de desalojos, como en los casos de las Lof Buenuleo o Pailako, recuerdan las palabras de Bidart Campos o aprovechan que los libertarios les dejaron la vía libre para realizar estos operativos.
Desde la AADI dijeron que repudian “este decreto inconsulto, que avanza por sobre la Constitución Nacional y normativa vigente nacional, tratados internacionales y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y recuerdan “la necesidad de aprobación de una ley de propiedad comunitaria indígena, en consulta con los pueblos indígenas”.