La normativa busca evitar la difusión de videos íntimos sin consentimiento y su viralización con fines extorsivos. Los libertarios votaron en contra.
Con 191 votos a favor y 2 en contra, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto denominado Ley Olimpia, llamado así en honor a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, quien impulsó una normativa contra el acoso digital en su país que permite etiquetar y sancionar como delito la difusión de contenido sexual en Internet que no sea de manera acordada.
El proyecto que ahora pasará al Senado apunta a modificar la ya establecida Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres, que dispone prevenir, sancionar y erradicar cualquier tipo de violencia dirigida a las mujeres. Se trata de incorporar a la violencia digital como una problemática de género presente en los diversos espacios virtuales que existen. La propuesta de Ley Olimpia había sido presentada en julio de 2022 -junto con la Ley Belén-, por la Organización de Género y TIC (GENTIC) y el colectivo Ley Olimpia Argentina.
Dos horas de debate resultaron en un total de 191 votos afirmativos por parte del Frente de Todos, Juntos por el Cambio, Provincias Unidas y la izquierda, dos votos en contra del sector libertario y una abstención. Así, el proyecto consiguió la media sanción y se seguirá discutiendo en la Cámara Alta.
“Esperamos que la ley se aplique en todas las provincias del país para construir conciencia sobre la existencia de la violencia digital. Es clave el buen uso de las redes sociales. Incorporar la educación digital dentro del Programa de Educación Sexual Integral (ESI) es fundamental”, afirma Raquel Farfán, la referente jujeña del colectivo Ley Olimpia en Argentina.
“Sabemos que existen grupos de varones en Telegram y Whatsapp donde se distribuyen fotos y material sexual sin consentimiento, incluso algunas de nuestras compañeras se ven involucradas en esto. En conjunto con la Organización de Género y TIC, estamos haciendo lo posible para erradicar estas conductas”, agrega.
La vocera de la Organización de Género y TIC, Eliana Grandier, explica el objetivo de la Ley Olimpia: “Intenta que dentro de los amplios tipos de violencia de género, se entienda a la violencia digital como una más. Hasta el momento, no están establecidos los marcos de condena para estos delitos. Estamos a la espera de que se reúnan las comisiones de Mujeres y Diversidad y de Comunicación Informática, además del Senado, lo antes posible”.
La Ley Olimpia fue originalmente aprobada en México, a raíz de la difusión de carácter extorsivo, hace una década, de un video íntimo de Olimpia Melo -que tenía 18 años-, por su expareja. La ley, además de reconocer, prevenir y castigar la difusión no consentida, la cataloga como violación a la intimidad sexual o ciberviolencia. De sancionarse en Argentina, sería el segundo país latinoamericano donde regiría la norma.
Farfán resalta la importancia de que sea aplicada a nivel nacional: “El colectivo Ley Olimpia está conformado por compañeras de todas las provincias argentinas que han sido víctimas de violencia de género en el ámbito digital”.
Mientras tanto, la Ley Belén -el otro proyecto ingresado al Congreso a la par de la Ley Olimpia-, propone modificar el Código Penal para aumentar las multas y las penas de prisión a quienes cometan delitos de violencia sexual en medios digitales. Su nombre conmemora a Belén San Román, una joven que residía en la localidad de Bragado y formaba parte de la Policía Bonaerense, que se quitó la vida tras haber sido difundido un video íntimo suyo. Su caso confirmó que este tipo de violencias pueden resultar en ataques de ansiedad, pánico, depresión y hasta suicidio para las víctimas.
Ambos proyectos tienen una fuerte conexión, ya que la Ley Belén está orientada a modificar el Código Penal y la Ley Olimpia a la actual Ley N° 26485 de Violencia Digital. “Con la Ley Belén, adicional a la Ley Olimpia, podemos también cubrir cambios en el ámbito penal”, señala Grandier.
Si alguien es víctima de ciberviolencia o ciberacoso, se recomienda buscar ayuda psicológica con perspectiva de género. No debe borrar, bloquear, denunciar o intentar dar de baja los enlaces de donde provengan los contenidos, ya que cualquier manipulación hará más difícil llegar al usuario que lo publicó. Y siempre es aconsejable consultar e informarse legalmente sobre los tipos de ciberdelito y sus consecuencias.
*Línea 144: asistencia a víctimas de violencia de género