Desde hace tiempo, hacer las compras dejó de ser una tarea sencilla. Encontrar variedad de un mismo producto e identificar los precios más económicos implica un esfuerzo de deducción, ya que a veces los productos ni siquiera tienen una etiqueta con su valor. A la luz de esta situación, este 26 de mayo entró en vigencia definitiva la Ley de Fomento de la Competencia en la Cadena de Valor Alimenticia, más conocida como la Ley de Góndolas. Su objetivo es contribuir a ampliar la oferta de productos, incentivar una mayor participación de las Pymes y los sectores de la economía popular y, de esta manera, generar una competencia equitativa que impulse un balance de los precios.
Los establecimientos alcanzados por esta ley son todos los que cuenten con una superficie no menor a 1.000 metros cuadrados y cuya facturación bruta anual sea superior a los trescientos millones de pesos (300.000.000). De manera que quedan excluidos los negocios de cercanía y los supermercados denominados “chinos”, quienes si bien no están obligados por la normativa, pueden adherirse voluntariamente.
Los rubros sobre los que rige la normativa son alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y de limpieza del hogar, los cuales están incluidos en una lista diseñada por la Secretaria de Comercio Interior. Entre los productos designados se encuentran: lácteos, harinas, frutas y verduras, pastas secas, aguas saborizadas y gaseosas, lavandinas y jabones, desodorantes, pañales para bebes y adultos y productos para la gestión menstrual.
Según lo establecido en las góndolas tanto físicas como virtuales, los productos de menor valor deberán estar perfectamente señalizados y ubicarse a una altura equidistante entre el primer y el último estante. A su vez, no puede haber menos de cinco opciones de proveedores o grupos empresarios, los cuales tendrán asignados de manera equitativa un 30 por ciento del espacio disponible. Al mismo tiempo se deberá destinar un 25 por ciento del espacio para productos similares y distintas marcas producidas por Pymes, y un 5 por ciento para los generados por cooperativas y mutuales de la economía popular, agricultura familiar, campesina e indígena.
Para el economista Nicolás Pertierra, perteneciente al Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz (CESO), “por el alcance que tiene la ley requiere un esfuerzo, pero se puede fiscalizar y garantizar su cumplimiento. Es una puerta de entrada para muchas firmas y empresas del sector alimenticio que tienen condiciones bastante desiguales para acceder sobre todo, a las cadenas de supermercados. Es solo un puntapié inicial para empezar y seguir generando un tablero más equilibrado dentro del sector de productores de alimentos”.
En este sentido, la gran incógnita está en cómo será la relación de las Pymes y pequeños productores con las grandes cadenas. Si bien la ley establece pautas claras al respecto, habrá que ver si las cantidades a entregar y los plazos de pago son aceptables para estos competidores de pequeña y mediana escala. “Me parece que ahí va a estar la clave, en qué medida esas condiciones sean viables para los productores más chicos. Porque hoy en día si no tienen presencia en esos establecimientos, es por las condiciones de financiamiento dados a plazo y cantidad de entregas que tienen que darle al supermercado”, explica Pertierra.
Si bien la normativa cobró carácter de obligatoriedad esta semana, los controles se pusieron en marcha a mediados de mayo. En esta primera etapa, el foco está puesto el inciso C del Artículo 7, que exige una distribución equitativa tanto porcentual como equidistante en las góndolas y una correcta señalización de los precios a través de cartelería con la leyenda “menor precio”. Cabe aclarar que estos valores no pueden ser de carácter transitorio, por lo cual los precios más bajos no podrán formarse a partir de ofertas, bonificaciones o descuentos de ningún tipo.
Tras visitar los supermercados COTO de Avenida Santa Fe y Avenida Scalabrini Ortiz, Disco de Paraguay y Armenia, Jumbo de Avenida Intendente Bullrich y Avenida Cerviño Carrefour de Avenida Scalabrini Ortiz y Soler, sigue observándose en sus góndolas el predominio de los principales grupos empresarios relegando incluso, a sus propias segundas marcas. Esto se ve claramente en los esquineros e islas utilizados para exhibir y promocionar exclusivamente productos de las marcas de primera línea.
Particularmente en las góndolas digitales de estas mismas cadenas, se cumple con lo estipulado en relación al orden de aparición de los productos de menor precio, pero se sigue dando prioridad a los principales proveedores, sobre todo si existe una oferta o el producto en cuestión está dentro de los precios cuidados. Por otra parte, las subdivisiones existentes dentro de cada categoría varían y permiten realizar una búsqueda más o menos específica. Aun así, se torna un poco engorroso encontrar variedad para un mismo rubro y realizar las compras por este medio puede no resultar tan sencillo como parece.
Dentro de estos establecimientos a simple vista, se cumple con la cartelería exigida y los productos tanto de menor valor como de precios cuidados están perfectamente ubicados a la altura requerida. La duda está en saber si la gran variedad de marcas ofrecidas de un mismo producto pertenecen a cinco proveedores distintos. Más aun teniendo en cuenta que los productos de marcas licenciadas por las mismas cadenas comerciales y que suelen copar las góndolas, a la luz de la ley se consideran como una sola.