Por Antonella Rossi
Fotografía: Daniela Morán, Gentileza Elvira Recchia

El juicio que investiga los crímenes de lesa humanidad por los que están acusados Eduardo Alfonso y Rafael Félix López Fader tuvo este martes la presentación de los alegatos de las querellas de las secretarías de Derechos Humanos de Nación y de la Provincia de Buenos Aires. También de Pablo Llonto, el letrado de la familia Muniz Barreto, víctima de López Fader. Todas las querellas, como ya lo había hecho la de Abuelas de Plaza de Mayo en la audiencia anterior, pidieron prisión perpetua para los dos imputados.

El abogado Pablo Llonto, representante de los hijos de Diego Muniz Barreto en la causa contra Rafael Félix López Fader, inició su alegato con el paralelismo entre genocidios: “Así como la Alemania nazi nos transporta al horror de los hornos crematorios, la dictadura argentina nos lleva a las víctimas arrojadas al mar o a un río, como fue el caso de Barreto”. El abogado aseguró que este tipo de  delitos no fueron el accionar de una sola persona, sino que fueron un plan común ideado por varios agentes efectivos y agregó que dichas operaciones fueron llevadas  a cabo por especialistas de la muerte entre los que se encontraba López Fader. “Participó voluntariamente y conscientemente. Él tuvo el poder en sus manos en cada hecho”, agregó.

Llonto afirmó que la materialidad de los tres hechos -privación ilegítima de la libertad, tormentos y el homicidio en perjuicio de Barreto- ya se encuentran probadas. Por este motivo se dedicó a desmantelar las declaraciones de López Fader contrastándolas con las pruebas recabadas. Llonto se remitió a las pruebas que ubican al acusado no solo en los lugares físicos de los hechos que se juzgan en este caso, sino también en un puesto jerárquico y de decisión. Una de las pruebas es un reclamo administrativo que inició el propio imputado por cuestiones económicas en el que él mismo dice haber sido designado en el Comando de Institutos Militares bajo las órdenes del Jefe del centro clandestino de detención, el Campito. “Incluso en ese reclamo menciona con orgullo una felicitación que había recibido por parte de un oficial por su participación en el Operativo Independencia, quién supuestamente le habría dicho que si tuvieran más agentes como él las Malvinas no estarían en manos de los ingleses”, describió el letrado. Llonto también mencionó como prueba una firma de López Fader como parte de Inteligencia del Ejército en una evaluación a un suboficial.

ARCHIVO – Juicio contra los represores del Ejército Rafael López Fader y Eduardo Alfonso. Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín.

Entre las pruebas más contundentes figuran la identificación del acusado por parte de tres testigos: el ex sargento primero Víctor Armando Ibáñez, un conscripto que declaró haberle entregado al ex capitán López Fader a Diego Muniz Barreto y Héctor Michelena, testigo que declaró por videoconferencia la semana pasada, quien afirmó haber estado presente durante el  planeamiento de un ataque contra la revista Estrella Roja y ubicó en esa escena a López Fader como uno de los jefes con el rango de Capitán por las insignias que llevaba en su uniforme. Llonto también destacó las coincidencias entre las descripciones físicas que hizo el sobreviviente, Fernández, con la apariencia del acusado.

Según el abogado querellante todo lo presentado desecha los argumentos de la defensa de López Fader, quien se presentó como un modesto cortador de pasto y reparador de alambrados, que nunca formó parte del Departamento de Inteligencia en Campo de Mayo, ni de la lucha contra la subversión. Sin embargo, López Fader pidió ser incluido en la Ley de Punto Final y Obediencia Debida reconociendo en ese momento que participó en tareas represivas. “Fader fue una pieza decisiva en la lucha contra la subversión. Integró grupos de tareas, patotas y grupos especializados que cometieron los mayores horrores en Campo de Mayo, incluyendo el secuestro, los tormentos y el asesinato de Diego Muniz Barreto”, detalló.

“La función del Campito era ser un centro de detención clandestino, no funcionaba para otra cosa. Es decir que ya sea como interrogador, operativo o como el encargado de trasladar rumbo a la muerte a los detenidos, ese era el escenario de accionar de López Fader. Fader era un hombre de Inteligencia, lo cual implicó el conocimiento y su disposición para todos los métodos utilizados en el Campito para la obtención de información de los compañeros secuestrados llevándolos al máximo sufrimiento para lograr el cometido  y luego eliminarlos”, dijo Llonto.  Finalmente el abogado pidió la prisión perpetua para López Fader por coautoría en la privación ilegal directa de la libertad cometida por abuso funcional y agravado por el uso de violencia y amenazas, tormentos y homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Diego Muniz Barreto. El abogado realizó dos solicitudes, la primera fue que el acusado sea dado de baja del Ejército, una vez que la sentencia quede firme. La segunda tiene que ver con el lugar de cumplimiento de la pena, se pidió que no fuera en prisiones militares, ni ex centros clandestinos, sino Prisiones del Servicio Penitenciario Federal.

En el mismo sentido, Ciro Annicchiarico que  representa la querella por parte de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación dijo respecto al caso de Diego Muniz Barreto que el acusado López Fader integró el Comando de Institutos Militares que operó en el centro clandestino el Campito. Ciro Annicchiarico aclaró que si bien Fader alegó que no concluyó el curso de Inteligencia, éste figura -en las pruebas que detalló Llonto- como oficial de Inteligencia. Y subrayó que quienes ejercían ese rol  eran los interrogadores que sacaban información a los detenidos bajo torturas. El abogado expuso un alegato similar al de Llonto y también pidió la prisión perpetua para López Fader. Y solicitó que no se le considere atenuantes por el desprecio al dolor de las víctimas, pero sí como agravante el intento de amedrentar al testigo Michelena con el pedido de careo que fue denegado por el Tribunal. «Era obvio que el careo era para quebrar al testigo”, advirtió.

ARCHIVO – Pablo Llonto, querellante en la causa.

Maxi Chichizola, como querellante por parte de la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, planteó que es indistinto que López Fader haya sido separado del Departamento de Inteligencia -prueba que presentó la defensa del acusado- porque lo que importa es lo que  hizo durante su desempeño como capitán entre los años 1973 y 1976 dentro de esa dependencia. El resto de los alegatos y el pedido de la pena para este caso coincidió con las restantes partes querellantes. Por último, el abogado Chichizola convocó a que se inicie una investigación sobre la participación de Fader en la totalidad de los casos que ocurrieron en el centro clandestino el Campito.  

Respecto al caso García-Recchia -el otro que investiga en este proceso el Tribunal- en contra del acusado Eduardo Alfonso, Ciro Annicchiarico aclaró que hace suyos los argumentos que ya nombró en la audiencia anterior el abogado Alan Iud en representación de Abuelas de Plaza de Mayo y de la hija de las víctimas, Juliana García Recchia. Afirmó que Eduardo Alfonso cumplió funciones entre 1976 y 1983, siendo partícipe de la maquinaria represiva antisubversiva. Entre los principales argumentos que expuso la querella figuró la inexistencia de otro operativo en Villa Adelina la madrugada en que fue asesinado Domingo García y secuestradas Juliana y su madre Beatriz, embarazada de cinco meses. Tampoco hubo otro herido de bala ingresado en Campo de Mayo, argumentó la querella, en referencia a la coartada desplegada por Alfonso, quien aseguró que la herida que él mismo recibió fue en el marco de un operativo de tránsito supuestamente acontecido en el mismo momento en que ocurría la matanza en la casa de la familia García Recchia.

El abogado Annicchiarico  cuestionó la declaración del médico militar Agustín Masllorens porque las referencias que utilizó al analizar las heridas de Alfonso fueron indirectas, cuyo único fin fue crear una coartada defensiva para Alfonso.  También planteó que el argumento, utilizado por la defensa de Alfonso, basado en la diferencia entre el horario de defunción de Domingo Antonio García y la herida de bala del acusado carece de entidad, como tampoco se puede comprobar que la herida que el acusado recibió la hubiese provocado un tirador desde una motocicleta. Por último, la querella subrayó que en el legajo de Alfonso figura que estuvo con parte de enfermo por 68 días tras haber sido herido en operaciones. «Una distinción honorífica con entrega de una medalla por herido en combate por las operaciones en Villa Adelina, no cabe de ningún modo para alguien que hubiese sido herido realizando un control de tránsito», conjeturó Annicchiarico basándose en el informe hecho por Stella Segado, testigo en el debate oral. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación pidió pena de prisión perpetua para Alfonso bajo los cargos de allanamiento ilegal, privación ilegal de la libertad cometida por abusos funcional y agravada por el uso de violencia y amenazas cometidas en perjuicio de Juliana Inés García y de Beatriz Recchia y homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Antonio Domingo García.

La Secretaría de Derechos Humanos bonaerense coincidió tanto en los argumentos que expuso la Secretaría de Nación como en el pedido de prisión perpetua para Alfonso. Maximiliano Chichizola agregó, a lo dicho anteriormente por la querella de Nación, que en la declaración en la que figura el ex Teniente primero Raúl Fernando Delaico  como condecorado por haber sido herido en un episodio de combate armado contra terroristas subversivos en Villa Adelina “el otro condecorado de esa madrugada fue Alfonso», conjeturó. Por último pidió que la declaración de Alfonso sea rechazada por falaz.

En la próxima audiencia que se realizará el martes 14 de noviembre finalizarán los alegatos de la querellas con los argumentos de la Fiscalía. Se prevé que para el martes 21 se presenten los alegatos de la defensa de ambos acusados y el viernes 24  concluya el juicio con la sentencia dictada por el tribunal.

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Leé las coberturas de las audiencias anteriores:

Abuelas de Plaza de Mayo pidió prisión perpetua para Eduardo Alfonso

Cuando la dictadura plantó un cuerpo en un río

«Los hechos traumáticos no se olvidan»

 

Actualizado 08/11/2017