Juan Carlos Lavia es médico cirujano. Compartió guardias hospitalarias durante la dictadura cívico militar en el sanatorio de la UOM (Unión Obrera Metalúrgica) de Haedo con Aldo Clemente Chiappe, el médico militar que le permitió acceder a la tenencia de Florencia Laura Reinhold Siver. Para esa época Chiappe participaba en la ESMA donde Susana Siver, la madre de Florencia, estuvo secuestrada. El médico entregó a la beba en una calle del barrio de Belgrano a fines de enero de 1977. Luego Lavia, junto a la complicidad y el consentimiento de su mujer Susana Marchese, se quedaron con la niña y la inscribieron como propia, mediante la falsificación del certificado de nacimiento. Lavia pidió a un amigo suyo, el médico Francisco De Luca, que firmara el documento que sellaba ilegalmente la mentira sobre el origen de la niña. Según el matrimonio, ellos desconocían totalmente la situación que atravesaba el país, desconocían la actividad de Chiappe y no se preguntaron sobre la identidad de Florencia, hasta que tuvo 21 años. A pesar de que desde chica le habían confirmado que era “adoptada”, fue en la mayoría de edad cuando le confesaron las dudas sobre su origen y le delegaron la búsqueda de su verdad. Por su cuenta, y con grandes dificultades, Florencia se acercó a Abuelas de Plaza de Mayo y pudo descubrir, recién a los 33 años, que sus padres eran Marcelo Reinhold y Susana Siver, dos militantes secuestrados y desaparecidos por los militares en 1977. Adriana Reinhold, tía paterna de Florencia, había dicho durante su testimonio ante el Tribunal que le parecía “perversa” la actitud de Lavia al revelarle todo a Florencia y dejar que averigüe sola: “Podrían haberla ayudado a buscar a su familia”, había expresado Adriana.
Tras las cuatro audiencias de debate oral y público, el lunes pasado el Tribunal Oral Federal 5 estableció la pena de ocho años de prisión para Lavia y seis años y seis meses para su esposa Susana Serafina Marchese, por considerarlos coautores responsables en la “retención y ocultamiento de un menor de diez años” y “falsificación ideológica de documentos públicos que acreditan la identidad”. Además los jueces Oscar Hergott, Daniel Obligado y Adriana Pallioti condenaron al médico Francisco Vicente De Luca a cinco años de prisión, más la inhabilitación para ejercer la profesión por ese mismo tiempo, por participar como coautor en el delito de “falsificación ideológica de documentos”.
Durante los alegatos del 1 y 2 de junio, la querella, en manos de los abogados de Abuelas de Plaza de Mayo Alan Iud y Pablo Lachener, había solicitado diez y ocho años de prisión para Lavia y Marchese respectivamente, y seis años para el doctor De Luca, resaltando la necesidad de considerar los delitos bajo la tipificación de “lesa humanidad”. Los abogados hicieron hincapié en la culpabilidad del matrimonio y frente a las justificaciones que habían presentado los imputados, para argumentar su inocencia –como el supuesto desconocimiento, la ausencia de vínculo entre Lavia y Chiappe, a pesar de los turnos de guardia compartidos, y la supuesta falta de sospechas sobre la situación– los abogados de Abuelas calificaron su conducta como “ceguera voluntaria”: “No se trata de un simple desconocimiento, sino de un desconocimiento voluntario, decidido por el agente. La no ejecución de determinadas medidas de esclarecimiento se debe a que deciden no indagar, prefieren no saber”. Esta actitud voluntaria implica responsabilidad, y por tanto, culpabilidad en el delito. Aunque por otro lado, el fiscal Miguel Palazzani, también había asegurado, durante los alegatos: “Que no hubo tal ceguera sino que había un claro conocimiento de la situación”, y esto debido a que sabían cómo realizar cada paso para “adoptar” de manera ilegal a la beba. Además, el fiscal había remarcado que Lavia pretendía mostrar “un estado de angelización” de su parte, y que su declaración era extraña ya que admitía haber “sentido miedo por su familia” durante los primeros años de la democracia, con lo que justificaba su inacción. “¿Pero no sintió miedo durante el Terrorismo de Estado cuando cometió el delito?”, contrapuso el fiscal. Para Palazzini la culpabilidad de los imputados es irrefutable. “Configuraron un daño de imposible reparación ulterior y debe determinarse una pena que contribuya a terminar con la impunidad”, había concluido en su alegato el fiscal.
Posteriormente, la defensa había intentado excluir la categoría de lesa humanidad, y proponer la imprescriptibilidad de los delitos, afirmando que “las adopciones ilegales han sido moneda corriente”, “las limitaciones informativas hacían que fuera imposible saber lo que estaba sucediendo” y que con la recuperación de la identidad de Florencia Laura “ya se ha hecho justicia”.
Sin embargo, el Tribunal –que presentará los fundamentos de la sentencia el 15 de junio– fue contundente en su veredicto. Finalizada la lectura, la numerosa familia biológica de Florencia Laura Reinhold Siver, que se encontraba detrás de la puerta vidriada de la sala Amia, aplaudió con fervor a la justicia. Entre abrazos y llantos se felicitaban mutuamente y en especial a Adriana Reinhold, que encabezó la búsqueda de verdad y justicia. Alan Iud y Pablo Lachener también se acercaron para saludar afectuosamente a Adriana. La satisfacción por la sentencia fue generalizada, ya que según Adriana: “Esperábamos menos pero realmente fue un triunfo, uno más. No es ni muy grande ni muy chico, es un triunfo nuestro y de la justicia”. Luego, al salir de la sala Adriana dijo: “Ahora empieza otra historia entre nosotros, sería como el principio del fin, es la historia de volver a vincularnos a partir de que ella [Florencia Laura] ya sabe la verdad”.