La justicia condenó a una oficial de la Policía Bonaerense a dos años de prisión condicional por la muerte de Daiana Abregú en una comisaría de Laprida. La familia y la Comisión Provincial por la Memoria consideran que la pena es insuficiente.
Tras el juicio oral, el Juzgado en lo Correccional 1 de Azul condenó este miércoles a la oficial de la Policía Bonaerense, Vanesa Soledad Núñez, a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública. «No estamos muy conformes», dijo Antonella Abregú, hermana de Daiana y subrayó: «Hasta por robar te dan más años.»
Daiana Abregú tenía 26 años cuando fue encontrada sin vida el 5 de junio de 2022 en una celda de la comisaría de Laprida. Horas antes, la joven había sido detenida por una contravención y trasladada a la seccional local. Las circunstancias de su detención y las primeras pericias fueron cuestionadas por la familia desde el inicio. «La comisaría la habían clausurado un mes antes», aseguró Antonella, quien también señaló irregularidades en la primera autopsia y en el manejo del cuerpo.
Sobre ese punto, la familia relató que la primera autopsia fue realizada por una médica de la Policía Bonaerense sin esperar a que llegaran los familiares para reconocer el cuerpo. «Estábamos yendo cuando nos hicieron bajar del patrullero y nos dijeron que ya se había terminado», dijo Antonella. La segunda autopsia, realizada casi un mes después en La Plata con cinco peritos, reveló lesiones compatibles con defensa propia, pero el tribunal no las consideró determinantes. La familia sostiene desde el inicio que no se trató de un suicidio. «Nosotros seguimos pensando que fueron ellos», afirmó Antonella.
Según el fallo, la oficial Núñez cumplía el rol de «imaginaria», la agente encargada de vigilar de forma permanente a la única detenida que había en la seccional esa noche. El tribunal consideró probado que no realizó los controles necesarios y que esa omisión configuró un incumplimiento de sus deberes. La justicia estableció que la muerte se produjo por asfixia mecánica mediante ahorcadura con una prenda de vestir.
Inicialmente, cinco policías estuvieron imputados en la causa por homicidio agravado, pero cuatro fueron sobreseídos durante la instrucción. Solo Núñez llegó a juicio por su responsabilidad específica de velar por la integridad de las personas detenidas.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que actuó como querellante, cuestiona tanto la calificación legal como la pena. El organismo había solicitado que el caso fuera juzgado como homicidio culposo, es decir, una muerte causada por negligencia y no como mero incumplimiento de deberes. «Para nosotros no se trata simplemente de un incumplimiento. Ese accionar negligente es lo que llevó a la muerte de Daiana», explicó Luz Santos Morón, subdirectora del Programa de Litigio Estratégico de la CPM. «Nadie debería morir en una comisaría», agregó.
El tribunal rechazó la calificación de homicidio culposo y condenó a Núñez por el delito menor de “incumplimiento de deberes de funcionario público”, otorgándole la pena máxima prevista por el Código Penal para esa figura. «Se logró una condena, pero es insuficiente para la magnitud del hecho», sostuvo Santos Morón, quien adelantó que el organismo evalúa apelar el fallo para sentar un precedente. «Las muertes en contextos de encierro requieren una respuesta clara del sistema judicial», agregó.
El fiscal de juicio, José Ignacio Calonje, había solicitado apenas un año de prisión condicional, mientras que la defensa pidió la absolución. El abogado de la familia, Sergio Roldan, adhirió al planteo de la Fiscalía sin haberlo consultado previamente con los allegados de Daiana, y su desempeño durante el juicio también generó malestar: no presentó testigos propios y, tras el fallo, llamó a la familia para disculparse. «No nos dijo que iba a pedir solo un año. Nunca hubiésemos estado de acuerdo», dijo Antonella. Para ella, fueron los abogados de la CPM quienes pelearon con mayor compromiso. «Les agradezco muchísimo, porque ellos pidieron lo que correspondía», afirmó.
A casi cuatro años de la muerte de Daiana, la sentencia deja abiertas preguntas sobre las responsabilidades estatales en los lugares de detención. La pena dictada no logra cerrar el reclamo de quienes acompañaron la causa. “Que haya una condena no significa que haya justicia”, sintetizó Santos Morón. «Yo pensé que este caso iba a presentar algún tipo de precedente», agregó Antonella y completó: «Lamentablemente, no”.