Por Francisca Cambiano
Fotografía: Captura de pantalla La Retaguardia

En una nueva audiencia sobre los delitos de lesa humanidad cometidos en la Mansión Seré, un sobreviviente recordó haber visto crímenes sexuales.

A raíz de la incorporación de cargos por delitos sexuales, Manuel Barros, abogado defensor de José Juan Zyska y Ernesto Rafael Lynch, había solicitado durante la jornada anterior convocar de nuevo a los sobrevivientes Beatriz Boglione y Faustino Altamirano. Su argumento se basó en que no pudo interrogarlos específicamente sobre estos crímenes durante sus declaraciones iniciales, dado que los cargos no estaban formalmente incluidos. El fiscal Félix Crous se opuso, advirtiendo que esto “implicaría una revictimización”, ya que los hechos ya habían sido relatados en instancias anteriores. Finalmente, el tribunal accedió a lo solicitado por la defensa para la audiencia 38°.

La misma comenzó con las formalidades habituales para luego dar comienzo al interrogatorio a Altamirano por parte de la defensa, a cargo de Mauricio Castro (ante problemas de conexión de Barros). Las preguntas se enfocaron en un tema sobre el cual Altamirano ya había declarado durante el juicio, la situación de abuso que presenció durante su secuestro, particularmente respecto a Beatriz Boglione, apodada en ese momento como “Mafalda”.

El sobreviviente confirmó que los hechos de abuso sexual que relató ocurrieron específicamente en la Comisaría 1ª de Moreno. Al ser consultado sobre quiénes eran los agresores, negó que fueran miembros de la policía local, e identificó a los perpetradores: “Los que nos trajeron a nosotros eran de la Fuerza Aérea de Moreno, de la base”. Volvió a declarar que pudo observar violaciones a “Mafalda” en más de una ocasión, a través de la “mirilla que tenía el calabozo donde estaba”, y reiteró su impotencia al afirmar que: “Uno está ahí y se retuerce de bronca porque no puede hacer nada para salvar a una chica”.

Altamirano también hizo referencia a la amnesia que le habían provocado las torturas a Boglione y la misma víctima no tenía registro de las violaciones hasta que se reencontró con él, años después de su liberación. En ese reencuentro, explicó que le confesó: “Mafa, yo vi lo que te hicieron, vi cuando te violaban ¿Cómo no te voy a entender?”, debido a que Boglione había dado los nombres de dos compañeros bajo su tortura.

En segunda instancia, se le informó al tribunal que, al notificar a Boglione, ella comunicó telefónicamente que no se encontraba en condiciones de prestar nuevamente declaración testimonial. El Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa presentó un informe técnico, redactado por Yamila Collazo, psicóloga del Centro Ulloa y referente a la situación de salud de Boglione.

El informe subraya la necesidad de “evitar la victimización secundaria derivada del proceso” y explica que se constató que la experiencia traumática vivida ha dejado secuelas. La sobreviviente, que se encuentra además bajo tratamiento oncológico, presenta un estado de afectación particular que incluye “angustia traumática, evitación de toda actividad y o situaciones que evoquen el trauma padecido, aumento de su estado ansioso, alteraciones del sueño y un estado de hipersensibilidad”.

La licenciada Collazo concluyó en el informe que los acontecimientos sufridos “constituyen situaciones traumáticas para su psiquismo e implican un daño integral a su persona”. Por lo tanto, el Centro Ulloa consideró que Boglione no se encuentra actualmente en condiciones de prestar declaración testimonial en el proceso, encuadrando su diagnóstico como estrés postraumático.

 Debate por la incorporación de pruebas

 Tras la reciente incorporación de pruebas documentales, Leonardo Miño, de la defensa pública oficial, presentó su oposición a la incorporación de tres documentos que “pretenden ser incorporaciones de expresiones de personas”, lo que “violaría el derecho a garantizar y controlar la prueba de cargo por parte de la defensa”.

El fiscal Crous se opuso a aceptar la objeción, recordando que la defensa no había presentado objeciones previas durante el ofrecimiento de prueba. El fiscal señaló que el Artículo 392 del Código Procesal Penal admite expresamente la incorporación por lectura de este tipo de declaraciones. Miño insistió en que no se trata de un “documento convencional” sino de “expresiones de personas que se pretenden incorporar” como prueba de cargo en contra de su asistido, y que la fiscalía debió haberlos citado como testigos.

Finalmente, el tribunal comunicó que la respuesta a esta oposición procesal será resuelta y expresada durante la próxima audiencia, que tendrá lugar el 30 de diciembre.