Por Ángela Erusalimsky
Fotografía: Daniela Collque

 

El modelo económico y político impuesto en los años 90 ha dejado sus huellas en la sociedad argentina. La ola de privatizaciones que caracterizó aquella época, no solo absorbió empresas estatales sino que además arremetió con una de las expresiones más populares y masivas del país: el fútbol. Por ese entonces, Mariano Suárez recorría las canchas de todas las categorías del fútbol argentino como cronista de Clarín y Télam. Vivenció cómo la lógica de los medios privados se iba imponiendo sobre este deporte.

En la actualidad, además de periodista, Suáerz es abogado y cumple funciones en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) bregando por la libertad de expresión y los derechos de las audiencias. Fútbol propiedad privada (Editorial Mil Campanas y Ediciones Al Arco), su más reciente libro, es evidencia de ello. En él recorre los 70 años de historia del fútbol televisado, analizando el conjunto de inestables normativas que se fueron moldeando a favor de los más poderosos. El caso del canal comunitario Pares TV, enfrentado al principal grupo de medios del país, funciona como ordenador del relato y ejemplo de cómo operan quienes se creen los dueños de la pelota.

¿Cómo funciona la televisación del fútbol en argentina? 

Una sección de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual vigente, que va del artículo 77 al 80, prevé un mecanismo por el cual el Estado cada año debe reservarse una serie de contenidos deportivos y que no pueden ser materia de derechos exclusivos. Esto no está restringido solo al deporte, pero era lo que más habitualmente se regulaba por ese mecanismo. En junio de cada año, a través de un procedimiento de audiencias públicas convocadas por la Defensoría del Público, debería definirse cuales son los eventos de interés relevante para el año siguiente y que por lo tanto, deberían estar exentos de los derechos de televisación exclusivos. Eso se reguló hasta el año 2015. Luego, a fines del 2017, el macrismo hizo una apariencia de regulación de la norma a partir del juicio que hizo el canal Pares TV, y dictó una lista con un solo contenido, los partidos de la Selección argentina, algo que de todos modos ya es un contenido gratuito asegurado por otra ley. Desde entonces, nunca más se reguló. 

Ahora el gobierno está dando pelea para que se cumpla el DNU 690, el cual establece una tarifa social que las empresas no cumplen. Si no se cumple eso que es apenas un ordenamiento natural, si se quiere, del cuadro tarifario,  regular los contenidos del fútbol requiere un salto muy grande y una potencia política muy importante que no es fácil. 

Mencionaste el juicio del canal Pares TV cuyo caso además desarrollas en tu libro ¿Cuál es la historia de esa emisora y cuál es el conflicto? 

Es un canal comunitario de la ciudad de Luján que no responde, como en otros casos, a ninguna organización social o política y que en términos técnicos, yo diría, es el más avanzado del país. Nació antes que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, pero indudablemente viéndolo en la perspectiva del tiempo, el equipamiento que tiene y el lugar que hoy ocupa, no hubiera sido posible sin el financiamiento y los fondos de fomento de la Ley. Desde el comienzo empezó a transmitir primero los partidos de Flandria y luego los de  Luján, ambos equipos de influencia en la región, de manera que el fútbol se convirtió en parte de la identidad del canal y es uno de los contenidos más vistos. En ese momento, el futbol del ascenso estaba dentro de los contenidos relevantes protegidos por la Ley. El conflicto comenzó en el 2016 con el macrismo, cuando Flandria llegó a la B Nacional. Si bien en la B Metropolitana también hay derechos de televisación, en la B Nacional las empresas muestran un celo mayor ya que la renta es distinta. Ahí el conflicto con Torneos y Competencias estalló definitivamente.  El argumento de la empresa es que Pares está haciendo una transmisión paralela. Dicen “yo pago, vos transmitís gratis y encima lo subís a YouTube”, pero en realidad eso no ocurre. El canal transmite solo a 10km a la redonda, su área de cobertura es Luján, Mercedes y General Rodríguez, no sale de esa zona. Es decir, no hay una situación de competencia desleal.

En un momento los periodistas del canal debieron ir a las canchas con escribanos ¿Por qué?

La primera estrategia que tuvo Torneos y Competencias para levantar todas las transmisiones fue presionar a la AFA para que los clubes no dejaran ingresar a nadie ajeno a la empresa. Es decir, no podían ingresar ni las transmisiones partidarias, que en ese momento emitían por YouTube, y mucho menos un canal abierto como Pares TV. Durante varios meses entre el 2016 y 2017, en cada partido había una pelea distinta para ingresar a los estadios. En un momento, cuando Flandia viajaba a distintas provincias y localidades, para asegurarse el ingreso Pares TV asistía con un escribano. Así, en caso de que no los dejaran ingresar a la cancha, podían dejar constancia y luego reclamar por el cercenamiento del derecho a trabajar. El ingreso al estadio estaba fuera de discusión, si una vez adentro se graba y se infringe alguna ley, el canal será el responsable de un juicio patrimonial, pero nadie puede preventivamente impedir el ingreso al estadio. A pesar de estas dificultades y de las múltiples cartas documento que recibió, Pares siguió transmitiendo durante todo el 2017 y 2018. En la actualidad solo transmite el audio de los partidos y en la pantalla colocan una placa con un texto sobre la censura. El derecho de la audiencia no está contemplado en la ecuación de las empresas. Hubo una situación insólita en la que Flandria jugó con Comunicaciones, Ty C Sports no lo televisó,   le cedió el partido a DIRECTV y este lo transmitió para todo el país a excepción de la provincia de Buenos Aires. Entonces Pares, que podría haber transmitido el partido para su zona de influencia, no pudo hacerlo. Por eso, el caso de este canal lujanense es el más extremo y desmesurado de abuso sobre las audiencias. Además de asegurar que haya un negocio que puede ser legítimo, hay que contemplar que lo que se supone, es un contenido con un interés público. 

Télam y los derechos de los periodistas

A partir de tus años de experiencia como periodista en Télam, ¿cómo ves el presente y el futuro de la agencia? 

La agencia viene de un proceso de destrucción feroz durante el gobierno de Macri. Desfinanciamiento, supresión de su carácter federal, eliminación de todas sus corresponsalías provinciales y el despido del 41% de la planta. Además de las cuestiones editoriales. Imagínate la libertad que puede tener un redactor dentro de la agencia cuando la empresa despide a la mitad de la planta y hasta dice públicamente, que los despidió por su pensamiento político o posicionamiento sindical. Ese proceso se comenzó a revertir y, desde antes que asumiera el gobierno actual, ya se habían reincorporado a todos los trabajadores a través de distintas medidas cautelares. Con la gestión actual de Bernarda Llorente hay una reconstrucción de la agencia y de su redacción. Hay una reunificación del edificio, ya que durante el gobierno anterior una parte de la agencia estaba trabajando en Tecnópolis, y una revalorización de las corresponsalías. Ese fue un primer paso. De ahí a construir un medio público como el que todos desearíamos, con mayor control público y quizás también parlamentario, como algunos modelos europeos con presencia de los partidos y con representación del congreso en el directorio de la empresa, para eso todavía hay mucho por hacer. La agencia nació en 1945 con la idea de ser un medio que tuviera una agenda nacional y rompiera con los oligopolios informativos, que en ese momento eran las agencias de noticias de los Estados Unidos. Télam hoy no tiene una incidencia profunda en la agenda informativa, ni siquiera para la estrategia comunicacional del propio gobierno y eso, en 1997 cuando yo entre a Télam, era muy importante. Hay mucho por hacer en cuanto al funcionamiento de la agencia. 

El estatuto del periodista profesional es el tema de otro de tus libros ¿Cuán importante es esta herramienta para ejercer la profesión? ¿Habría que modificarlo por el surgimiento de las redacciones 2.0?

Es una ley vieja sancionada en 1946, cuando aún ni siquiera existía la televisión en nuestro país, que regula la actividad periodística. Ya sea que la actividad se ejerza en una empresa pública o privada de cualquier orden, lo que se aplica es el estatuto del periodista. El corazón de la norma es ser protectora. Su sentido original era proteger al trabajador de prensa de su propio empleador, respecto a la libertad de expresión y frente a posibles despidos. Obviamente que no alcanza eso para asegurar la autonomía del periodista con respecto a la línea editorial de los medios. Me parece que el espíritu del estatuto está vigente, y es perfectamente aplicable a cualquier conflicto que surja en una redacción del año 2021.Después para reformar y mejorar cosas hay un montón. Por ejemplo, producto de los medios digitales, un problema que debería ser regulado es el de la propiedad intelectual de los periodistas y reporteros gráficos. Vos antes publicabas una nota y, como parte del contrato de trabajo, estaba implícito que le cedías tus derechos de propiedad intelectual al medio y este la publicaba. Pero si el medio lo publica más de una vez ¿qué sucede ahí? ¿quién tiene el derecho ahí?. Esa situación que antes era muy inusual, primero porque no había ni conglomerados de medios ni plataformas digitales, hoy es muy común y requiere una regulación. Hay que hacer una reforma progresiva en favor de los derechos de los trabajadores. Siempre que se plantean reformas, en general las promueven las cámaras empresarias con el fin de eliminar el derecho indemnizatorio. Otro aspecto, para que veas cuan útil sería si se aplicara el estatuto, en su artículo 64 establece que el Estado no puede dar pauta oficial a ningún medio de comunicación que tenga deudas laborales o de la seguridad social con sus empleados. Si esto se cumpliera no quedaría un solo medio. Si no existiera la ley, la realidad cotidiana durante el contrato de trabajo todavía sería más precaria.