Por María Eva González
Fotografía: Rocio Garcia

Con la finalidad de nutrir la discusión sobre una nueva ley de comunicaciones que contemple la convergencia mediática para reformar las leyes 26522 y 27078 se realizó un debate abierto el 17 de mayo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Fue un primer encuentro que pretende multiplicarse en diferentes universidades del país durante el resto del año y tuvo como oradores a Damián Loreti, Martín Becerra, Alejandro Fargosi y Diego Petrecolla. Quien presidió el encuentro de la Comisión Redactora de una nueva ley de comunicaciones fue uno de sus miembros, Andrés Gil Domínguez, y profesor de es esa casa de estudios, mientras que Silvana Giúdici, coordinadora de la Comisión y directora del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), se encargó de dar inicio a la jornada.

La propuesta consistió en plantear lineamientos generales frente a un posible proyecto de ley de convergencia en la comunicación. Becerra, profesor de la UBA e investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), centró su discurso en cuatro ejes: cuáles son los objetivos y definiciones; qué sucede con el interés público; qué desafíos plantean la concentración de mercados convergentes y la competencia; quién aplica la regulación y quién controla el ítem anterior. Respecto del primer eje, mencionó la necesidad primigenia de definiciones conceptuales: “Diferentes definiciones de convergencia operan como percutoras de distintos posicionamientos legales y regulatorios, además de comerciales y productivos. Es necesario acordar qué tipo o tipos de convergencia se quieren regular con la política pública”.

Para el investigador, es fundamental conocer qué se regula y para qué, dado que una futura ley debería reconocer las consecuencias de una comprensión amplia y social de la libertad de expresión: “Comprende tanto a la libertad para emitir por distintos medios y soportes como para buscar y acceder a una diversa gama de contenidos y perspectivas. La libertad de expresión en su doble faceta, la diversidad cultural y el acceso a contenidos, medios y tecnologías diversas y sin discriminación, conforman el trípode de objetivos estratégicos para una normativa para la convergencia. Estos objetivos concretos aparecen tensionados por un proceso que incorpora dimensiones políticas, sociales, económicas y tecnológicas”. De todos modos, no dejó de aclarar que lo anterior impacta en la movilidad continua de intereses de actores que no son necesariamente conciliables.

Petrecolla, economista y ex presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, llevó la discusión a su área de especialidad: “Hay mercados, en los cuales pensábamos que la competencia no era posible, donde la convergencia ha mostrado que sí es posible”. Si bien sus argumentos reconocían la presencia de actores de posición dominante, la prioridad siempre debía ser la defensa de la competencia.

A pocos días del inicio de su mandato presidencial, Mauricio Macri firmó el DNU N° 267 que dio paso a la creación del ENACOM, y modificó de hecho a las leyes 26.522 y 27.078. En marzo de 2016, la Resolución N° 9 del Ministerio de Comunicaciones asentaba los principios y los objetivos de la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de las Leyes N° 26522 y n° 27078, creada por el decreto mencionado. Becerra sostuvo: “La tecnología es un vínculo social y no sólo el artificio técnico. Cuando hablamos de interés público, hablamos de cómo la ciudadanía es sujeto de derechos por los que el Estado debe velar. El interés público reclama al Estado la promoción de políticas que estimulen la diversidad de actores, de perspectivas, de puntos de vista, cultura, geográfica, de servicios y aplicaciones”.

Loreti, abogado y especialista en política y derecho de la comunicación, aprovechó para realizar una observación al respecto: “En la Resolución 9 no aparecen los temas culturales. Sí aparece la libertad de expresión, pero no hay un énfasis en los derechos culturales, como tampoco está presente la palabra ‘trabajo’. Dentro de la Convención de la Diversidad Cultural, aparecen obligaciones del Estado, tales como medidas destinadas a promover la diversidad en los medios de comunicación”.

El artículo 3 de la Resolución, señala: “La Comisión tendrá a su cargo el estudio de las reformas necesarias a las Leyes N° 26.522 y N° 27.078 a fin de producir un texto homogéneo de esos cuerpos normativos y que estén en condiciones de garantizar la más amplia libertad de prensa, el pluralismo y el acceso a la información, fomentar el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones, avanzar hacia la convergencia entre las distintas tecnologías disponibles, garantizar la seguridad jurídica para fomentar las inversiones en las infraestructuras, evitar la arbitrariedad de los funcionarios públicos y garantizar los derechos de los usuarios y consumidores”. Dada la complejidad que implica todo lo anterior, Loreti propuso encontrar un espíritu fundacional que funcione como base para la futura regulación, de manera tal que los diversos intereses, potencialidades y derechos sean contemplados.

De todas maneras, por el momento, el gobierno de la alianza Cambiemos no cuenta con un proyecto de ley convergente. Becerra expresó el deseo de que se vuelva a convocar una mesa consultiva, una vez que se haya avanzado en materia concreta.

Actualizado 19/05/2016