Por María José Parra
Fotografía: Daniela Yechua

Luego de haber recorrido un arduo camino en la búsqueda por mantener viva la memoria de lo ocurrido entre los años 1976 y 1983, en la lucha por descubrir la verdad y en la posibilidad de lograr juicio y castigo a los responsables del terrorismo de Estado, la sociedad Argentina se acerca a la conmemoración de un nuevo 24 de marzo.

Los crímenes de aquella dictadura genocida se cuentan por miles en la vida de quienes ya no están más que en la memoria y en fotos sepia o blanco y negro de rostros que por siempre serán jóvenes. Pero también se evidencian en la vida de nietos y nietas que hoy tienen entre 35 y 40 y que aún no han recuperado su identidad. El modo en que el genocidio incide tanto en las subjetividades de sus víctimas, como en el imaginario colectivo de una sociedad ya no es cuantificable y, sin embargo, deja huellas en las construcciones presentes.

Las leyes de “Punto Final” y “Obediencia Debida” promulgadas en 1986 y  1987 permitieron que, luego del juicio a las Juntas Militares, se desprocesara a la mayoría de los imputados en causas penales por Terrorismo de Estado. Recién en 2003, el ex Presidente Néstor Kirchner promovió en el Congreso de la Nación la declaración de nulidad de ambas leyes y en 2005 la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su invalidez e inconstitucionalidad.

Una nueva etapa se abrió en Argentina y la lucha sostenida durante 30 años de Madres, Abuelas, Hijos, Familiares, así como de otras organizaciones de derechos humanos, es reivindicada desde el discurso y el accionar oficial. Los juicios por delitos de lesa humanidad se reabrieron y el trabajo de los organismos de derechos humanos, hasta el momento realizado en forma sistemática pero silenciosa y con escasa visibilidad mediática, se puso a disposición de los procesos judiciales que buscan verdad y castigo. Una innumerable cantidad de prácticas culturales, sociales y arqueológicas se iniciaron y plasmaron en monumentos, museos, canciones, muestras, dramaturgia, películas, centros de memoria y espacios públicos que renuevan el ejercicio de la memoria colectiva a la vez que los procesos judiciales toman su rumbo en oficinas y salas tribunalicias.

Según información existente en la Procuración General de la Nación, desde el 2003 se judicializaron los casos de 11.941 víctimas y hay más de 900 imputados en las causas que aún no han tenido sentencia. Desde 1983 fueron condenados 588 criminales. En tanto que con la reapertura de los juicios a diciembre de 2014, se realizaron 136 procesos judiciales que arribaron a sentencias. En la actualidad hay 16 juicios en curso por los casos de más de 2000 víctimas y existen 120 causas a la espera del debate.

El fallo “Simón” 2, en 2006, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se convirtió en la primera sentencia desde la reactivación de las causas penales por delitos de lesa humanidad. Con anterioridad a 2010 la cantidad de fallos era menor a 10 por año, mientras que en los años posteriores se supera esa tendencia. A partir de 2008 se produce una importante reactivación que incide en la cantidad de juicios terminados, llegando a un pico de 25 sentencias por año en 2012 y 2013, que en 2014 logró 21 procesos finalizados con sus respectivos fallos.

Juicios realizados por año

Fuente: Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.

Otro de los elementos importantes a la hora de balancear los procesos judiciales por delitos de lesa humanidad es el que tiene que ver con la dimensión territorial. De los 21 juicios finalizados en 2014, se realizaron tres en Capital Federal, los denominados como “Primer Cuerpo del Ejército – Vesubio II”, “Plan Sistemático de apropiación de menores II – Hospital Militar de Campo de Mayo” y “Girbone – Caso Gaona”; San Martín fue sede de tres juicios: “Campo de Mayo IX – Caso Villavicencio”, “Campo de Mayo X – Juicio de los trabajadores” y “Caso Schaller”; en la provincia de Tucumán hubo dos catalogados como “De Benedetti” y “Villa Urquiza”; en Santa Fe también dos casos: “Brusa Asociación ilícita” y “Caso Caballero Silvio”; en Comodoro Rivadavia se llevó a cabo el juicio “Rodríguez Diéguez”; en Jujuy el denominado “Grupo de los siete”; en Neuquén “La escuelita III”; La Rioja: Caso “Angelelli”; en Santiago del Estero “caso Cantos”; Salta, “causas del Metán”; Rosario “caso Nast”; La Plata “La Nacha”; Mar del Plata “Máspero”; Corrientes el caso “Carril – Caso Losada” y en Olavarría “Monte Peloni”.

En tanto, existen juicios en curso en Capital Federal, Bahía Blanca, Córdoba, Jujuy, La Plata, La Rioja, Mendoza, Paraná, Rosario, Salta, San Luis, San Martín y San Rafael.

La denominación de dictadura “cívico militar” comenzó a imponerse en los últimos años y da cuenta del avance de la justicia hacia la complicidad e incluso la participación activa de la sociedad civil en delitos de lesa humanidad perpetrados por personas cuyas profesiones o tareas no se encontraban bajo la órbita de las fuerzas armadas pero que, sin embargo, coordinaban con éstas su accionar. Un trabajo reciente del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) da cuenta de la participación de civiles acusados por crímenes de lesa humanidad, según su área de trabajo o profesión. Entre los datos salientes se pueden mencionar que el 43 por ciento de los civiles imputados pertenecían al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, mientras que el 24 por ciento se encontraba empleado como personal civil de inteligencia. Personas de otras profesiones tales como el periodismo, la salud, el sacerdocio, el empresariado, la abogacía, entre otras también tuvieron participación activa aunque en menor medida que las primeras. Sin embargo, «es llamativo que justamente estas semanas se hayan dictado tres fallos que absuelven de toda responsabilidad a los civiles implicados en el terrorismo de Estado. Lamentablemente parece que la justicia no quiere avanzar sobre este delito. Estos fallos son malas noticias para las víctimas y para toda la sociedad», afirmó el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, Martín Fresneda, a la prensa, en referencia a los fallos sobre las causas del Ingenio Ledesma, Papel Prensa y el Diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca. En este sentido, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, convocó para el 8 de abril a una Mesa de Diálogo Institucional y Social con la intención de tratar, junto a organismos institucionales y de derechos humanos, estrategias para contrarrestar «una serie de fallos en distintas instancias que habilitan a sospechar una intencionalidad de poner un límite al avance de las causas en distintos puntos del país», informó. Y detalla los dictámenes que le generan preocupación: “Las excarcelaciones u otorgamientos de prisión domiciliaria de casi todos los condenados en los numerosos juicios realizados en la provincia de Tucumán; la negativa de la Corte Suprema a considerar los crímenes cometidos contra soldados durante la guerra de Malvinas como delitos de lesa humanidad; la falta de mérito del empresario de medios Vicente Massot en Bahía Blanca y del jefe de redacción de la Editorial Atlántida, Agustín Botinelli; el sobreseimiento del ex secretario del juzgado federal de Bahía Blanca, Hugo Mario Sierra; la falta de mérito que dictó la Cámara Federal de Casación en beneficio del empresario azucarero Carlos Blaquier y del ex administrador de la firma Ledesma, Alberto Lemos; la negativa del juez Julián Ercolini de llamar a indagatoria a los responsables del desapoderamiento de la empresa Papel Prensa; y las dificultades para avanzar en la investigación de las complicidades civiles en general”.

Civiles acusados por delitos de lesa humanidad

Civiles acusados por delitos de lesa humanidad Fuente: CELS

Medios de comunicación como operadores simbólicos de la dictadura

Dos recientes reveces judiciales dejaron sin efecto los intentos por profundizar las investigaciones a personas vinculadas a empresas de medios: Vicente Massot, directivo del Diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca;  Agustín Bottinelli, quien dirigía la Revista Para Ti de la Editorial Atlántida en 1979, y a la cúpula de los diarios Clarín y La Nación por la sospechada apropiación ilegal de Papel Prensa S.A.

Mientras en Bahía Blanca la Unidad Fiscal, integrada por José Nebbia y Miguel Ángel Palazzani, adelantó a la prensa que están trabajando en la apelación del fallo que en los primeros días de marzo sobreseyó al empresario Vicente Massot, considerando la sentencia como «una reacción de la corporación judicial ante el avance de las responsabilidades civiles», en la Capital Federal el fiscal Gómez Barbella, que investiga la causa Papel Prensa, consideró que el peritaje de tasación histórica y contable solicitado por el Juez Ercolini, a cargo de la causa, “no desentraña el fondo del asunto”. Cabe recordar que el mencionado juez, entre otros elementos, desestimó el pedido de declaraciones indagatorias a Ernestina Herrera de Noble, Héctor Magnetto y Bartolomé Mitre, porque “se encuentra en curso un peritaje de tasación histórica y contable, que aparece como muy importante, no sólo por el valor indiciario que podría arrojar, sino porque fue ordenado con el objetivo de probar o descartar una de las hipótesis principales de sospecha sugeridas por las partes accionantes, de que Papel Prensa S.A. fue vendida o adquirida a un precio vil o irrisorio”. Por otra parte, hace algunos días la Cámara Federal porteña dictó la falta de mérito para Agustín Bottinelli, quien dirigía la revista de la editorial Atlántida en 1979, cuando se publicó una falsa entrevista a Thelma Jara de Cabezas, quien entonces se encontraba cautiva en la ESMA y era presentada en una nota «como la madre de un subversivo muerto». La Sala II puso en duda la responsabilidad de Botinelli, quien en indagatoria sostuvo que la orden se la dio el fallecido dueño de la editorial, Aníbal Vigil. La resolución del tribunal revoca un embargo en su contra por un millón de pesos y ordena al juez de la causa, Sergio Torres, la realización de nuevas medidas de prueba antes de volver a decidir la situación procesal.

La apropiación de niños y niñas

Dentro de los crímenes de lesa humanidad, los vinculados con la apropiación de niños y niñas fueron los únicos que, aún con obstáculos, prosiguieron el camino judicial durante los años de impunidad. Asimismo, en esta última etapa las investigaciones al respecto han sido dotadas de mayor estructura, a partir de la creación de la Fiscalía Especializada en casos de Apropiación, en octubre de 2012. Pocos días después de la puesta en funcionamiento de esa Unidad, la Procuraduría General de la Nación aprobó el Protocolo de actuación para causas por apropiación de niños durante el terrorismo de Estado.

Hasta el momento 116 nietos y nietas han recuperado su identidad, “cada caso es único y particular”, insiste Estela de Carlotto, titular de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, cuando se la consulta por el caso de Javier Penino Viñas, actualmente en juicio oral por apropiación. El conocimiento de cada uno de los casos da cuenta de que el proceso de restitución de la identidad es complejo y diverso, individual e íntimo, por eso desde Abuelas se recomienda siempre el respeto a los tiempos y a las decisiones de quienes son víctimas de este tipo de delitos. En tanto, la Fiscalía Especializada durante el primer año de trabajo inició 51 investigaciones preliminares (IP), mientras que en el segundo año abrió 241, cifra que da cuenta de un crecimiento exponencial, sumadas a las 34 iniciadas en el primer año que continuaron su tramitación en el segundo, dan cuanta de 275 IP totales que se tramitaron durante el último año. Asimismo, es destacable que las denuncias formuladas por la Unidad se encaminan rápidamente hacia la materialización de la prueba fundamental en estos casos, el análisis genético. En lo que respecta al tiempo que va desde la presentación judicial de los casos hasta la obtención efectiva del ADN, se evidencia una marcada y constante disminución de ese tiempo, según el informe de gestión de dicho organismo “el tiempo promedio en todo el país es de menos de cuatro meses (3.8 meses)”. Según Alan Iud, abogado de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, consultado al respecto “se redujo mucho el tiempo de las investigaciones judiciales y ha permitido que se procesen más casos”. A su vez, en términos de perspectiva futura, Alan Iud  manifestó que espera que “se profundice el trabajo a partir de nuevas fuentes de investigación, no sólo a partir de denuncias, sino del acceso a archivos tales como los expedientes de guardas y adopciones en poder del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y los relevamientos en juzgados y otros organismos públicos que posean archivos sobre adopciones en aquellos años. De parte del Poder Judicial esperamos que no se retroceda en los criterios jurídicos logrados en estos años”.

Las violaciones sexuales como delitos de lesa humanidad

La reapertura de los juicios permitió que las investigaciones se profundicen, que nuevos sujetos víctimas del horror comenzaran a tener voz propia. Las violaciones como delitos de lesa humanidad están comenzando a ser identificadas de modo autónomo y juzgadas por esa particularidad. Ya en 2011 la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado elaboró las “consideraciones sobre el juzgamiento de los abusos sexuales cometidos en el marco del terrorismo de estado”. El informe da cuenta “del escaso avance registrado respecto de una de las facetas de ese fenómeno criminal: los delitos sexuales”, y continúa “pese a que el proceso de juzgamiento de los crímenes contra la humanidad alcanza en la actualidad un importante desarrollo y a que en los últimos años se han producido numerosos testimonios sobre el tema, los delitos contra la libertad sexual todavía no han sido tratados en los procesos judiciales de un modo acorde con la verdadera dimensión que han tenido en la práctica”. La primera sentencia en este sentido es de 2010. El Tribunal Federal de Santa Fe emitió el primer fallo en el país que estableció la violación como delito de lesa humanidad en una causa donde la querellante, Amalia Ricotti, convivió con el secreto de la violencia sexual durante 32 años.
Este fallo fue seguido por otro similar en Mar del Plata, donde la Justicia condenó a prisión perpetua a Gregorio Molina, por homicidio agravado, violaciones reiteradas agravadas, privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados en el centro clandestino La Cueva. En 2011, un juez procesó a los represores Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi por las violaciones sexuales sistemáticas sufridas por una adolescente de 19 años en un centro clandestino de detención. De allí a esta parte existen seis sentencias nuevas. Romina Pzellinsky, responsable del Programa de Género del Ministerio Público Fiscal, en una nota publicada en la página oficial del organismo, subraya que “en estas resoluciones, se evidencia la ampliación del criterio de imputación. La imputación y posterior condena de la violencia sexual como delito autónomo y ya no subsumido en la tortura es un avance en sí mismo en términos de visibilización de la violencia machista que formó parte del terrorismo de Estado”.